El borrador de la declaración de la renta ha perdido protagonismo. La Campaña de la Renta 2018 ha restado relevancia al tradicional borrador de la declaración. Hasta ahora, desde la Agencia Tributaria se enviaba el borrador al domicilio de aquellas personas que cumplían los requisitos del artículo 98 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y que se encontraban dentro del colectivo de envíos. Sin embargo, debido al importante descenso de su uso, este año no se remiten borradores por correo ordinario.

Opciones para pedir el borrador

Existen dos opciones para que cada contribuyente pueda consultar su borrador. Por un lado, es posible acceder desde la aplicación web desarrollada este año.

También es posible solicitar el borrador a través de Renta WEB. De esta forma, se accede a los datos aunque en formato de cuadro de resultados, eso sí, sin perjuicio de su impresión en formato normalizado.

Es importante solicitar el borrador aunque no tengas obligación de presentar la renta, ya que es necesario para conocer si se tiene derecho a obtener una devolución. En ese caso se puede utilizar el borrador para solicitar la devolución.

La app

Esta app permite confirmar y presentar el borrador, pero no modificarlo. Y los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) advierten de que una confirmación apresurada, como la que propicia esta aplicación, podría desaprovechar algunas deducciones importantes.

Los técnicos de Hacienda y los asesores fiscales alertan de que, dada su usabilidad, muchos contribuyentes pueden olvidar incluir información fiscal relevante y beneficiosa para ellos, ya que su diseño insta a validar el borrador sin revisarlo en profundidad.

Gastos deducibles que no incluye la app

Si el contribuyente usa la app es posible que no incluya algunos gastos deducibles de los rendimientos del trabajo, como las cuotas sindicales y a colegios profesionales -siempre que la colegiación sea obligatoria para trabajar y con un límite de 500 euros-, por ejemplo; o los gastos que pueda originar la movilidad geográfica del empleado.

Asimismo, los técnicos avisan de que validar el borrador desde la app puede hacer que el contribuyente olvide revisar la titularidad de los inmuebles, las ganancias de patrimonio que hubiera podido lograr o cambiar la situación de sus familias, es decir, incluir los nacimientos, defunciones y los cambios del estado civil que, en su caso, no aparezcan reflejados en el borrador.

De igual modo, Gestha piensa que el uso de la aplicación puede llevar a no repasar las deducciones autonómicas, que podrían suponer importantes ahorros, dependiendo de la Comunidad de residencia, en los gastos por estudios de los hijos, por adopción, por alquiler de vivienda.