A menos de un mes y medio para que acabe el año, aún se pueden realizar algunas operaciones con trascendencia tributaria para tratar de rebajar la factura del impuesto de la renta (IRPF) que habrá que afrontar a partir de la próxima primavera. El plan de pensiones y la vivienda habitual son los principales instrumentos para aligerar la carga, aunque hay algunos otros.

1 Hasta 45 euros de ahorro por cada 100 euros aportado

El mayor gancho de los planes de pensiones es su ventaja fiscal, que permite reducir la base imponible, es decir la renta sometida efectivamente a gravamen. El ahorro tributario puede llegar hasta 45 de cada 100 euros aportados al fondo (hasta 48 en Catalunya, donde los tipos son más altos). Un contribuyente con un tipo del IRPF del 24% y una aportación de 2.500 euros se ahorraría 600 euros. Otro sujeto con un gravamen del 45% y una aportación máxima de 8.000 euros se ahorraría 3.600. El límite anual es la menor de las siguientes cantidades: 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y las actividades económicas (hasta 26.666 euros).

Es un atractivo a corto plazo, de efectos inmediatos y la aportación con efectos para todo el ejercicio se puede llevar a cabo hasta el 31 de diciembre a medianoche. Pero supone, en realidad un diferimiento del pago de impuestos hasta la jubilación, un periodo en el que los ingresos mermarán.

Y además la rentabilidad de estos instrumentos para complementar la pensión pública suele dejar mucho que desear. De hecho, en periodos largos de tiempo, arrojan mejor rendimiento la inversión directa en acciones en bolsa o en renta fija que los planes de pensiones, según un estudio que realiza anualmente el profesor del IESE, Pablo Fernández.

Con un total de 7,6 millones de partícipes en la modalidad individual, la más extendida, a 30 de septiembre pasado, se encuentra en los mismos niveles que hace 12 años. El Gobierno ha anunciado que volverá a forzar la reducción de las comisiones para hacerlos más atractivos.

2. Una casa que permite deducir hasta 1.356 euros

Otra de las fórmulas para rebajar la factura del IRPF es apurar hasta el máximo la deducción por adquisición de vivienda habitual, siempre que se hubiera comprado antes del 2013. Son deducibles hasta 9.000 euros por contribuyente, lo que significan 1.356 euros. En el caso de una pareja, son hasta 18.000 euros entre ambos y 1.356 euros de deducción cada uno.

Si, en cambio, ha la ha vendido o piensa hacerlo, una opción es reinvertir el dinero en una nueva vivienda habitual, lo que permite no tributar por esa renta. Si es mayor de 65 años, no tributa por las ganancias. Y si con esa edad, la que vende no es la casa habitual, puede librarse de tributar por los primeros 240.000 euros siempre que los dedique a constituir una renta vitalicia a su favor, recuerda el REAF.

3. Ahorro e inversión con ventajas

Una de las vías de aligerar cargas de cara a la próxima declaración de la renta consiste en combinar plusvalías y minusvalías. En el caso de que haya obtenido alguna ganancia patrimonial por la venta de participaciones en un fondo de inversión o de acciones, "tiene hasta el fin del ejercicio para realizar minusvalías tácitas que tenga en algún otro elemento patrimonial", destaca el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) en un catálogo de consejos que presnetó esta semana.

Lo mismo sucede si ha vendido algún bien o derecho por un precio inferior al que lo adquirió en su día. Puede aprovechar para reducir la tributación de alguna ganancia patrimonial del año que pueda obtener antes de que finalice el ejercicio.

Otra opción consiste en revisar las declaraciones de los últimos tres ejercicios. Si tiene un saldo negativo pendiente derivado de la compensación de ganancias y pérdidas patrimoniales puede aprovechar para agotarlo, ya que esta ventaja se pierde si no se ejercita en un plazo máximo de cuatro años.

Otra fórmula para aligerar la factura tributaria son los depósitos o seguros a cinco años vista. Puede realizar aportaciones durante un lustro sin superar los 5.000 euros por ejercicio. No tiene que declarar esa suma y su rentabilidad queda exenta de tributar en el impuesto de la renta de las personas físicas.

4. Del donativo a la cuota sindical

Hay otras cosas que hacer antes de acabar el año para ahorrarse algunos euros adicionales. Una de ellas es la donación a una oenegé. Sobre los primeros 150 euros se aplica un porcentaje de deducción del 75% y sobre el resto de la base de deducción, del 30%. Otra opción que le compromete más es afiliarse a un sindicato o a un partido político. Las cuotas y aportaciones a partidos tienen una deducción del 20%, con una base máxima de 600 euros (120 euros). Las cuotas a sindicatos son gasto deducible de los rendimientos del trabajo.