La ministra de Hacienda del Gobierno socialista, María Jesús Montero, ha asumido la dureza del régimen sancionador que su antecesor Cristóbal Montoro diseñó ante el incumplimiento de la obligación de declarar bienes y derechos en el extranjero, a través del modelo 720 que creó la ley. El anteproyecto de ley de medidas antifraude de la ministra María Jesús Montero, sometido a información pública el pasado 23 de octubre, no solo reproduce el sistema de recargos, multas y sanciones que la Comisión Europea (CE) amenaza con llevar al Tribunal de Justicia Europeo. Además, el anteproyecto socialista amplía la obligación de declarar bienes y derechos en el extranjero a la tenencia de monedas virtuales fuera de España.

El Gobierno de Mariano Rajoy desatendió en el 2017 la exigencia de la Comisión Europea de suavizar en el plazo de dos meses el régimen sancionador «discriminatorio y desproporcionado» vinculado a esta potente herramienta contra la ocultación de bienes en el extranjero que, entre otras cuestiones, había servido para perseguir el fraude fiscal de contribuyentes como Rodrigo Rato, Jordi Pujol y Mario Conde, así como para investigar los papeles de Panamá.

VULNERACIÓN DE LIBERTADES / En los últimos días ha salido a la luz el durísimo dictamen que el comisario de Economía, Pierre Moscovici, remitió al Gobierno de Rajoy el 15 de febrero del 2017, del que entonces solo se conocieron las líneas generales. En ese dictamen, la Comisión Europea considera que el régimen sancionador del modelo 720, además de «discriminatorio y desproporcionado», vulnera nada más y nada menos que cinco libertades comunitarias.

En concreto cita la libre circulación de personas, la libre circulación de trabajadores, la libertad de establecimiento, la libre prestación de servicios y la libre circulación de capitales. El texto es «absolutamente demoledor», subraya el abogado Alejandro del Campo, del despacho DMS Consulting, que en febrero del 2013 denunció el régimen sancionador del modelo 720 ante la Comisión Europea.

NO PRESCRIBE / El régimen sancionador que tantos réditos ha dado a la Agencia Tributaria en términos de lucha contra el fraude establece multas que pueden llegar a superar el valor del 100% de los depósitos bancarios, inmuebles o bienes en el extranjero no declarados, o declarados voluntariamente fuera de plazo. Además, se establece que la no tributación por estos bienes no prescribe nunca.

Ahora el anteproyecto socialista de medidas contra el fraude fiscal reproduce literalmente las multas de 5.000 euros por cada dato no declarado o inexacto. Además, de forma tácita, se mantiene la no prescripción de los bienes no declarados y la sanción de hasta el 150% de la deuda tributaria vinculada también a estos bienes.

Desde el actual Ministerio de Hacienda se interpreta el dictamen de febrero del 2017 de la Comisión Europea como parte de un proceso habitual de intercambio de información con un Estado miembro. Y se hace notar que el proceso abierto por la Comisión Europea sobre el modelo 720 no ha concluido aún y que la CE aún no ha decidido si archiva el expediente o si acude al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Desde el punto de vista de la CE, el sistema sancionador vinculado al incumplimiento de declarar bienes y derechos en el extranjero es «discriminatorio» respecto del mismo incumplimiento en el interior del país. Por ejemplo, y con carácter general, no presentar una declaración fiscal conlleva una multa de 200 euros de la Agencia Tributaria. Y esta multa es 50 veces superior en el caso de que se trate del modelo 720 (10.000 euros).

A partir de este tipo de comparaciones, la CE llega a la conclusión de que un contribuyente que invierte en España está en mejores condiciones que otro que invierte fuera y que eso «puede influir negativamente en la decisión de invertir en el extranjero o en las decisiones de otros ciudadanos de la UE que deseen trasladarse a España».

INFORMACIÓN / El Gobierno de Rajoy respondió en su día apuntando que «los instrumentos jurídicos de la Unión Europea para el intercambio de información entre autoridades tributarias no garantizan la obtención de la información solicitada mediante el modelo 720» y que ante esta «incapacidad de la Administración Tributaria para ejercer su soberanía fiscal fuera de su territorio de jurisdicción» estaba plenamente justificada la necesidad de un régimen sancionador severo, garante del cumplimiento de la obligación de información en materias relacionadas con la lucha contra el fraude y la evasión fiscal.