El pleno del Tribunal Constitucional ha amparado a un miembro del comité de empresa de Seguridad Integral Canaria y considera que su despido disciplinario por exhibir una camiseta en un pleno municipal en la que se leía Donde hay un corrupto hay un corruptor vulneró la «libertad sindical en relación con la libertad de expresión». El trabajador, que denunciaba junto a otros compañeros el incumplimiento de los derechos laborales en material salarial, se levantó del asiento que ocupaba, se colocó una careta con la imagen de Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como el Pequeño Nicolás, y exhibió la camiseta con el lema. Se acompañaba con una imagen de dos personas dándose dinero.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias avaló el despido al entender que la conducta del demandante justificaba que fuera disciplinario por infracción de la buena fe contractual, falsedad, deslealtad y ofensas verbales al empresario, pues se había vulnerado el derecho al honor de los responsables de la empresa y también de la Administración receptora del servicio. En cambio, el Tribunal Constitucional sostiene que no se vulneró el honor de los responsables de la empresa de seguridad, «pues estos no aparecen en modo alguno determinados», ya que ni siquiera se la identificaba. A lo más que podía alcanzar el mensaje impreso era al prestigio de la empresa, «valor este último no exactamente identificable con el honor consagrado en la Constitución como derecho fundamental», según el alto tribunal.

El Constitucional declara ahora que «frente al ejercicio de un derecho fundamental, solo otro derecho fundamental o interés constitucionalmente relevante puede ser opuesto como límite». Aclara que el recurrente, al ser miembro del comité y, por tanto, actuar en representación de los trabajadores, goza de una «especial protección» cuando ejercita la libertad de expresión en el marco de la acción sindical que ha sido acordada.