El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha dictado dos resoluciones en las que hace suyo el criterio de la Fiscalía Anticorrupción y ha procedido a archivar las piezas del 'caso Bankia' relativos a la comercialización de participaciones preferentes de Caja Madrid y de Bancaja.

En ambas resoluciones, el magistrado reproduce las conclusiones de la Fiscalía que sostenían que de lo instruido no ha quedado acreditado que la entidad emitiera participaciones preferentes “con el objeto de engañar a los inversores de forma global a sabiendas de que no iban a recuperar su inversión. Tal posibilidad, no era siquiera fácilmente predecible en 2009 sin que sea admisible un juicio retrospectivo de intenciones a la luz de los acontecimientos ocurridos años después”.

El ministerio público señalaba en su informe que tampoco había quedado acreditado ni por vía testifical ni documental que los comerciales de las entidades recibieran instrucciones para comercializar el producto entre los inversores más inadecuados de manera que se viniera a contradecir lo expuesto en los contratos y en los test de idoneidad que como se ha dicho se formalizaron por lo general adecuadamente, sin perjuicio de los defectos detectados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y que la entidad corrigió siguiendo la sindicaciones del supervisor.

Ambas causas se iniciaron a instancias del extinto partido Unión, Progreso y Democracia, que tras el batacazo electoral dejó de ejercer la acusación popular en todos los procedimientos. En el último año las acusaciones no han solicitado ninguna diligencia de investigación, mientras la fiscalía pedía el archivo.