El autoconsumo es a partir de ayer un poco más sencillo en España. El Consejo de Ministros aprobó ayer el decreto normativo que regula esta actividad y que permite nuevas formas de autoconsumo como la posibilidad de producir y consumir energía de forma colectiva, por ejemplo, entre comunidades de propietarios o empresas de polígonos industriales. Además, la norma establece un mecanismo simplificado de compensación de la energía producida y no consumida y reduce los trámites administrativos.

Hasta el momento, solamente existía la posibilidad de autoconsumo individual conectado a una red interior. «Esto creemos que era enormemente pobre y limitaba las posibilidades de contribuir a un modelo energético diferente», aseguró en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera. Por eso, a partir de ayer la cosa cambia y habrá varias opciones.

Por un lado, se consagra la figura del autoconsumo colectivo de forma que varios consumidores como comunidades de vecinos y polígonos industriales puedan asociarse a una misma instalación. Y, por otra, se permitirá el autoconsumo en instalaciones próximas. Por ejemplo, para instalar placas fotovoltaicas en edificios contiguos que tengan mejor orientación, siempre que haya acuerdo entre las partes.

VENTA DE EXCEDENTES / Una de las grandes novedades de este decreto es la posibilidad de que los autoconsumidores con instalaciones que no sean superiores a 100 kilovatios -hogares y empresas- puedan vender el excedente de energía que producen y no consumen a la red. Hasta ahora, si un usuario quería obtener una compensación por esa energía debía constituirse como productor de energía, lo cual implicaba determinados trámites e impuestos. Sin embargo, a partir de ahora, el usuario podrá recibir una compensación en su factura mensual.

No obstante, esta compensación solo puede llegar hasta el 100% de la energía consumida por el usuario en cada mes, es decir, nunca generará ingresos. Además, en el caso de autoconsumo colectivo se abre la puerta a que un consumidor pueda aprovechar los excedentes de su vecino y coparticipe de autoconsumo, si este no está consumiendo su parte proporcional.

Por otra parte, se reducen los trámites administrativos para todos los usuarios. En el caso del pequeño autoconsumidor (instalaciones de hasta 15kW o de hasta 100kW, en caso de autoconsumo sin excedentes), se reducen a una única gestión: notificar la instalación de la planta en su correspondiente comunidad o ciudad autónoma. Y se abre la posibilidad de que todas las comercializadoras puedan ofrecer servicios de autoconsumo renovable, medida que será revisada por la Comisión Nacional de Mercado y la Competencia (CNMC) para evitar deslices en la competencia.

Para quien esté interesado, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) dispondrá de información en su página web «con las preguntas y respuestas para hacer accesible (el autoconsumo) a todo aquel que quiera entender cómo funciona y qué debe hacer».