"La sentencia publicada en el día de hoy se refiere a una cuestión de naturaleza tributaria". Este es el comentario con el que la Asociación Española de Banca (AEB) y la CECA eluden el efecto que pueda tener la resolución de la Salta Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo sobre a quién corresponde el pago del impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) en la constitución de hipotecas. Con esa frase, las entidades financieras se descargan de la posibilidad de hacer frente a las posible reclamaciones que presenten los clientes para recuperar el impusto pagado.

Las asociaciones financieras, defienden que los "bancos han cumplido siempre con la normativa vigente y la reiterada jurisprudencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional". En este sentido concretan que "las entidades de crédito no han percibido cantidad alguna de sus clientes por este concepto", destacan para precisar posteriormente su línea de actuación: "Como siempre han hecho, las entidades de crédito, a partir de esta sentencia, cumplirán con el nuevo criterio establecido por el Tribunal Supremo".

El mensaje de la patronal bancaria, trasladado a la práctica que impondrá el sector viene a decir que a partir de ahora, los bancos se hará cargo de los gastos relacionados con el AJD en la constitución de los nuevos créditos, pero no aceptarán ningua reclamaciones de los clientes con respecto a las hipotecas firmadas antes de esta resolución judicial.

MÁS SEGURIDAD JURÍDICA

Además, las patronales bancarias reclaman a los poderes públicos "mayor seguridad jurídica y unas reglas claras y predecibles para el mercado hipotecario. "Este mercado, caracterizado por unos tipos de interés competitivos y unos plazos largos, ha permitido el acceso a la vivienda en propiedad a un amplio espectro de la población.

El comunicado de la entidad que preside José María Roldán no lo meciona, pero traslada a las comunidades autónomas la responsabilidad sobre la posible resolución de las reclamaciones que se presenten. Desde la Conselleria de Economia de la Generalitat se ha reconocido este jueves que se está estudiando el efecto del fallo del Supremo, aunque precisan que las consecuencias de esa resolución debería ser "neutro" para las arcas públicas, puesto que no se elimina el impuesto--que es uno de los tributos cedidos por el Estado--, sino que solo cambia quién debe pagarlo. Fuentes consultadas han precisado que si la Generalitat debe devolver el tributo a un contribuyente particular que lo haya pagado, reclamará el mismo importe al banco. Cabe recordar que los titulares de una hipoteca que hayan hehco frente al pago de ese impuesto durante los últimos cuatro años, puede reclamar su devolución a partir de la sentencia del Supremo.

Por otra parte, desde el Govern se precisa que al tratarse de un tributo cedido, "habrá que ver si el Estado se plantea cómo enfocar el problema de una forma general, ya que afecta a todas las comunidades".