El Banco de España ha condenado a Bankia a pagar dos multas de 4 millones de euros cada una por incumplir, entre julio del 2013 y diciembre del 2014, dos artículos establecidos en el Código de Buenas Prácticas bancarias del Real Decreto Ley 6/2012 del 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Concretamente, el supervisor bancario ha impuesto a la entidad presidida por Ignacio Goirigolzarri dos infracciones graves, que en términos agregados suman ocho millones de euros, por haber incumplido las obligaciones de los artículos 5.4 y 5.9 de dicho Real Decreto-Ley.

Según explicaron fuentes de Bankia a Europa Press, "el banco no tuvo intención alguna de incumplir los procedimientos". Y subraya que, durante el periodo en el que se produjo la infracción, la red se encontraba en plena reestructuración y se estaba tramitando el proceso de arbitraje de las preferentes.

"Esta situación dificultó de forma notable la gestión en las oficinas. Actualmente cumplimos estrictamente con el Código de Buenas Prácticas", han subrayado las mismas fuentes.

Bankia se adhirió a esta normativa de forma voluntaria en marzo del 2012 y aseguró que las cuestiones por las que se ha recibido la multa fueron corregidas antes de iniciarse el expediente de sanción.