La Audiencia Nacional ha rechazado suspender de forma cautelar la venta del Banco Popular al Santander por un euro, medida que le habían solicitado varios de los accionistas que perdieron todo su dinero con la intervención del banco por las autoridades. Los jueces han tenido en cuenta que la ejecución de la operación organizada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) español tenía como único objetivo dar cumplimiento a una decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) europea.

La sección quinta de la Sala de lo Contencioso considera que los perjudicados deben acudir a los tribunales europeos, que son los competentes sobre dicha junta. Los jueces han destacado que fue la JUR, y no el FROB, la que valoró las graves dificultades en que se encontraba el Popular, la imposibilidad de que un banco privado comprase la entidad en un tiempo razonable sin que los accionistas perdiesen su dinero, y la necesidad de intervenirla y venderla en defensa del interés público.

“La paralización pretendida, incluso si se tratara de la misma venta, dejaría sin efecto la decisión de la JUR y mantendría unas circunstancias que los organismos europeos han considerado que hacen inviable la entidad y conllevan un riesgo para el interés público”, ha argumentado los magistrados. Admiten, eso sí, que la intervención del Popular puede generar a los accionistas perjuicios "si no de imposible, si de muy difícil reparación", pero insisten en que son imputables a la JUR, porque el FROB solo actuó como intermediario.

Más de 250 recursos

La sala también ha rechazado la petición de los demandantes de publicitar en el registro mercantil su recurso contra la intervención y venta del banco. Argumentan para ello que los medios de comunicación han dado cuenta al público general de las decisiones adoptadas por las autoridades respecto al Popular y de las impugnaciones de estas por parte de los afectados ante los tribunales españoles y europeos.

Hasta la fecha se han registrado más de 250 recursos, que incluyen a más de 6.000 recurrentes de personas físicas, jurídicas, asociaciones y fundaciones. El plazo para interponer recurso finaliza el lunes a las 15 horas.