El horizonte del Acuerdo de Libre Comercio entre la UE y Canadá, conocido como CETA, empieza a despejarse. El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Yves Bot, dictaminó ayer que el controvertido pacto, provisionalmente en vigor desde septiembre de 2017, es compatible con el derecho comunitario, incluido el mecanismo de solución de diferencias para resolver conflictos entre inversores y Estados.

La opinión, que no es vinculante, supone un varapalo para los movimientos anti-CETA en Europa y «una victoria para la prosperidad de Bélgica», valoró el primer ministro belga, Charles Michel. Su gobierno no tuvo más remedio que ceder ante el Parlamento de la región de Valonia (que durante 10 días mantuvo un pulso contra el acuerdo y amenazó incluso con tumbarlo), e interrogar al TJUE sobre el pacto para verificar la conformidad del mismo con la legislación europea.

Las dudas de Bélgica se referían a los efectos del mecanismo sobre las competencias exclusivas de la corte europea, al principio general de igualdad de trato y la exigencia de efectividad del derecho de la Unión. En sus conclusiones, Bot considera que «el mecanismo es compatible» con el Tratado de la UE y la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

La polémica en torno al CETA se debe principalmente al sistema de arbitraje propuesto para mediar en posibles conflictos. El acuerdo incluye la creación de un tribunal de apelación y a más largo plazo un tribunal multilateral en materia de inversiones. Según el abogado general, este esquema no contradice el derecho europeo. «El acuerdo no vulnera la autonomía del derecho de la Unión ni afecta al principio de competencia exclusiva del Tribunal de Justicia» a la hora de interpretar la legislación europea, subraya Bot, quien considera que las garantías que acompañan al establecimiento de este instrumento son suficientes porque las competencias del tribunal del CETA están estrechamente delimitadas.

Este tribunal no está facultado para anular una medida que considere contraria al acuerdo, está vinculado por la interpretación del Tribunal de Justicia de la UE y la corte europea puede seguir respondiendo a cuestiones prejudiciales. El sistema de arbitraje «se inscribe plenamente en los objetivos de la acción de la unión en el ámbito internacional». Bot también considera que el acuerdo no vulnera el principio de igualdad de trato y que existen garantías procesales que permiten garantizar un nivel suficiente de protección del derecho a un juez independiente e imparcial.