El pasado lunes, el Juzgado de lo Social número 1 de Córdoba declaró firme la sentencia del 22 de septiembre por la que se desestimaba la demanda presentada por Alejandro Carlos González Muñoz por lo que el hijo del expresidente y exdueño del Córdoba entendía como un «despido improcedente» como encargado del fútbol base. El hijo de Carlos González entendía que con la llegada de Jesús León al club había extinguido su relación profesional con el Córdoba como presidente del club, por el que cobraba casi 8.000 euros mensuales, pero no como jefe de la cantera. La magistrada Olga Rodríguez ordena el archivo de la causa, ya que entiende que no ha lugar a la reclamación después de las testificales y documentales recabadas, tras las que ha decidido que Alejandro González «carece de acción de despido, estando por el contrario ante una extinción voluntaria y unilateral de la relación laboral que no genera indemnización alguna a su favor».

En la sentencia, entre otros aspectos, se detalla que Alejandro González dejó el 19 de enero una nota en su despacho dirigida al presidente que le iba a sustituir en el cargo, se despidió de todos los trabajadores y causó baja en la Seguridad Social por «dimisión/baja voluntaria» y que a partir del 22 de enero Álex Gómez, a la sazón director deportivo y subordinado de González hijo, continuó realizando sus labores hasta que fue comunicado por el Córdoba su despido, en febrero.

A juicio de la magistrada, existe «un elenco de indicios sólidos para apreciar la inexistencia de acción de despido al extinguirse la relación laboral que vinculaba a las partes por dimisión del trabajador», en este caso, Alejandro González, como coordinador del fútbol base y asumir, automáticamente, la presidencia de la entidad blanquiverde, a finales del 2016. Una causa, por lo tanto, ya archivada, aunque el paso por tribunales continuará para el Córdoba. El próximo mes ha de verse la demanda interpuesta en su día por la empresa que tenía concedidos los bares de El Arcángel y en los próximos meses se verá el recurso interpuesto por el aficionado que perdió en primera instancia su reclamación -con pago de costas- de ser indemnizado con más de 4.000 euros tras no poder entrar a El Arcángel por incumplir, a juicio del club en la etapa González, el reglamento de régimen social de los abonados del Córdoba.