-¿Podría realizarme una valoración de la querella que presentará Aglomerados Córdoba y que ha preparado usted?

-Nosotros lo que hemos analizado es la presunta comisión de tres delitos continuados: administración desleal, apropiación indebida y delito de corrupción entre particulares, fundamentada en que hay operaciones bajo sospecha, con unos índices altísimos de la existencia de esos delitos, que habrían sido en perjuicio del Córdoba CF y siempre a beneficio de la familia González, de su entramado de amigos y colaboradores necesarios para cometer esos delitos y está por demostrarse, en la investigación que vamos a solicitar, si ese dinero que se desviaba del Córdoba el destinatario final del mismo era de nuevo la familia González y se destinó a pagar la compra de acciones del Córdoba. Basándonos en nuestra teoría, presuntamente la familia González no disponía del dinero para pagar la compra del club, sino tampoco la prima del ascenso a Primera, por lo que desvió el dinero del Córdoba a las sociedades relacionadas con esta familia para pagar dicha prima de ascenso y para la compra en sí.

-¿Cree legítimo que Jesús León, después de comprar a oscuras, sin una 'due dilligence', reclame eso?

-Yo creo que Jesús León debería haber puesto la querella hace meses y creo que los accionistas minoritarios del Córdoba deberían haber interpuesto la querella hace meses también. Porque, en verdad, los perjudicados de toda esta operación son tanto Jesús León a través de su sociedad, como accionista mayoritario, como también los accionistas minoritarios. Porque aquí siempre pierden los chicos. El problema es que los más vulnerables, los pequeños accionistas, son los que le dan el soporte y todo el sentido al fútbol. La gente que pone pequeñas cantidades y paga el abono todos los años son los verdaderos perjudicados de este entramado. Y en todos los clubs de fútbol en los que estoy entrando a trabajar siempre ocurre lo mismo: llega el tiburón de los negocios que se queda con la mayoría accionarial, hace y deshace a su antojo, en perjuicio de los aficionados de verdad, que han apostado con pequeñas cantidades por tener un paquete accionarial y que son los que en verdad le dan soporte luego al club en los peores momentos, renuevan los abonos, pagan los abonos y son, en definitiva, los que dan sentido a la fiesta del fútbol.

-González ha anunciado un proceso civil al no haber recibido los 4,5 millones.

-A mi juicio, él tendría dos opciones: una, exigir el pago, y otra, exigir la restitución de las acciones. Las dos cosas son posibles. Si exigiera el pago, nos iríamos a un procedimiento de reclamación de cantidad por una compraventa. Si se va a la ejecución del contrato y solicitar que se le restituyan las acciones, entonces estamos hablando de una ejecución de una prenda. Las acciones están pignoradas como una prenda, como una garantía para el pago, entendiendo que no se ha procedido al pago puede ejecutar la prenda. Lo puede hacer vía notarial o vía judicial. Yo creo que, en cualquiera de estos dos últimos casos iríamos a un procedimiento judicial. Porque si interpone una solicitud de ejecución notarial, se interpondrá por parte de León -me imagino- un procedimiento de nulidad de esa subasta de acciones y de nulidad de ese procedimiento de ejecución notarial. Y me imagino que si se va por el procedimiento judicial, pues también se va a pedir una nulidad de esa subasta, argumentada en lo que considere oportuno en señor León. Pero supongo que si es argumentada en los incumplimientos contractuales, en los delitos cometidos por el señor González, que le ocultó en el momento de la compraventa, pues estaría más que justificado el impago de las cantidades, porque cuando le vende el club -por muchas exenciones de responsabilidad que tenga el señor González- en ningún caso creo yo que esas exenciones sobrepasan la ilegalidad. Te puedo vender un club en el que las declaraciones del balance pueden ser más altas o más bajas, los activos o los pasivos… Pero si lo que se ha descubierto son delitos criminales, eso no está exento de responsabilidad en ningún tipo de acuerdo amistoso. Y si hubiera un acuerdo amistoso con exención de responsabilidad criminal sería nulo de pleno derecho, porque independientemente de las acciones que tenga el señor González, los socios minoritarios tienen un papel fundamental aquí. Y que serían víctimas y perjudicados del mismo delito.

-Un contrato no es la Biblia. Un contrato puede tener cláusulas dudosas, al menos.

-Es que todas las cláusulas que se puedan considerar abusivas podrían ser desestimadas posteriormente, en el procedimiento judicial. El contrato de compraventa que firmaron, por la visión que hice del mismo, entiendo que es abusivo en todos los términos. Una temeridad de contrato para el comprador y un abuso de posición dominante del vendedor con un montón de cláusulas abusivas.

-¿Qué opciones tiene León?

-Hay una opción que es pagar o consignar el pago. Hay una opción que es una medida cautelar, que es no pagar, amparándonos en la situación de perjuicio grave para el Córdoba CF que habría cometido la familia González. Hay una opción que es pagar y pedir una medida cautelar, consignar pidiendo la medida cautelar… Es decir, opciones hay varias. Los abogados estamos aquí para plantear soluciones y el cliente es el que decide qué criterio va a seguir o qué opción prefiere en función de sus necesidades, capacidades o condición personal y criterio. Pero los abogados somos los que aportamos soluciones técnico-jurídicas y luego son los clientes lo que las adoptan.

-Se dice que para noviembre o diciembre González recupera el club.

-Hay dos variables. Una es recuperar el control político del club, para lo cual una junta general de accionistas tendría que nombrar a los miembros del consejo de administración y otorgarles facultades de consejeros delegados o facultades ejecutivas en el club. Y para eso debe darse un proceso legal. Que se convoque junta de accionistas, que la junta le reconozca los derechos y le reconozca las facultades. Y sin eso no puede entrar en el club. Si eso no se le otorga de forma voluntaria, él podría solicitarlo en un procedimiento que tendría que verse en el juzgado de lo mercantil o en el juzgado de lo civil. Porque ahí hay que adoptar decisiones que competen a la administración del club. Yo entiendo que tendría que verse en un juzgado de lo mercantil. Tendría que ir e instar una demanda: ‘Mire usted, tengo unos derechos de recuperar el control del club, escriturados ante notario, no me los quieren restituir, dándose todas las condiciones necesarias para que me los restituyan’. Yo creo que ese procedimiento puede durar cuatro o cinco meses. Todas las opciones son posibles. Si entramos a valorar eso… La primera vez que fui a Córdoba me parece que pinté una pared entera de las distintas opciones jurídicas que había en este problema. Es un procedimiento muy complejo, porque tiene una vertiente administrativo-deportiva, con el informe de BDO y los informes de LaLiga; tiene una vertiente financiera, porque hay que analizar los números al dedillo (disposiciones, cantidades, intereses, perjuicios, incumplimientos, etcétera), tiene una vertiente civil (muy importante), tiene una vertiente notarial, también importante, y también una vertiente mercantil. Porque, mientras tanto, quién va a controlar el club y en qué condiciones y con qué criterios. Es un pleito muy completo, un pleito muy parecido al del Cádiz, que llevamos años con él, cerca de seis años y el Tribunal Supremo acaba de darnos la razón recientemente, a la espera de la resolución de un pequeño recurso que ha interpuesto la parte contraria. Y en este caso llevo la misma parte: en Cádiz llevo la parte demandada que le exige el cumplimiento de las acciones y no las restituye y sacó Antonio Muñoz las acciones a subasta y se adoptó una medida cautelar prohibiéndolo y además ganamos los procedimientos. En este tipo de caso ya tenemos una experiencia muy parecida y positiva, porque la hemos ganado, la de la nulidad de la subasta. ¿Carlos González puede pedir una subasta? Sí. ¿Podríamos ganar la nulidad de la subasta? Creo que podríamos ganarla de todas todas.

-González está seguro de que en noviembre o en diciembre regresa al club.

-Bueno… En verdad, cuando uno entra en este tipo de litigios legales es imposible conocer los resultados. Porque el nivel de incertidumbre es muy alto. El Derecho no es una ciencia exacta. Creo que las dos partes llevan mucha razón en los planteamientos que hacen y el tema es muy complejo. Si además tiene que resolver más de un juez, porque haya una vertiente mercantil y otra civil, ya se está añadiendo más complejidad al asunto. Si le abrimos la vertiente de procedimiento penal y se demostrara la administración desleal de este señor en el club, dudo que ningún juez con facultades le restituyera las facultades a una persona imputada o investigada por delitos de administración desleal y apropiación indebida. Es decir, que eso de que va a recuperar las acciones del club y el control del club, yo creo que no es tan fácil. Porque nadie dejaría que un club, con 200 o 300 accionistas minoritarios, ningún juez va a otorgar una medida cautelar de dejar a este señor administrando un club con esos precedentes que se investigan por administración desleal y varios delitos económicos.

-Nos podemos encontrar entonces con dos procesos.

-Tres, incluso. Un procedimiento civil de la subasta, un procedimiento mercantil del control accionarial del club -quién controla el consejo mientras se resuelve- y un procedimiento penal por los delitos que podrían haberse cometido.

-No puede haber simultaneidad, ¿no?

-Pueden ser simultáneos, pero siempre cabe una prejudicialidad penal, a que se resuelvan los delitos en el ámbito penal, para que luego se sigan resolviendo los del ámbito civil y mercantil.

-¿Se puede dar una causa compleja?

-Es una causa muy compleja. Un delito continuado, varios delitos, operaciones complejas… Este tipo de delincuencia de guante blanco hace las cosas con artificios contables, financieros y societarios complejos para los que es necesaria una investigación a nivel fiscal y societario para poder profundizar en todo esto. Sí, esto se puede ir a 18 o incluso a 30 meses.

-Eso, referido siempre al ámbito penal.

-Sí. En las causas complejas, el fiscal o el instructor pueden pedir una mora en el plazo para cerrar la investigación si ésta es compleja, efectivamente.