La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado en su integridad el recurso presentado por el ministerio fiscal contra la sentencia que declaraba inocente al hombre acusado de haber asesinado a una anciana en Baena en abril del año 2015.

La sentencia absolutoria fue el resultado del veredicto de un jurado popular que consideró que no se había podido demostrar la autoría del acusado en los hechos, por lo que el presidente el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincal de Córdoba dictó una sentencia absolutoria.

Tras el recurso de Fiscalía, el TSJA ha considerado desestimar en su integridad el mismo y mantener la sentencia absolutoria para el encartado, que fue defendido por el abogado cordobés Carlos Fernández-Martos.

El TSJA responde al fiscal que consideró erróneo la redacción del objeto del veredicto que "si no compartía la redacción, debió formular en su momento la oportuna protesta". Añade la sentencia del TSJA que "el veredicto es lo suficientemente explícito y transparente como para conocer cuáles han sido las razones por las que el jurado decidió apreciar la no culpabilidad del acusado que fue absuelto". A la vista de su motivación, sigue la sentencia a la que ha tenido acceso Diario CÓRDOBA, "es claro que ha creído la versión del mismo, dando especial relevancia a los datos ofrecidos por los testigos, por el propio acusado y por resultados de las pruebas periciales y a la ausencia de prueba directa sobre la dinámica comisiva de los hechos enjuciados".

Más adelante, el tribunal señala que "el jurado expresó su convencimento respecto de la inculpabilidad del acusado, detallando debidamente los elementos de convicción que había tenido en cuenta. Por ello, el Magistrado presidente, en el ejercicio de su jurisdicción, se limita a decir que no considera probado que el acusado absuelto participara en el hecho que se relata".

Por último, señala la sentencia que "tras visionar el CD donde se recogen las instrucciones al jurado, no advierte que se haya cometido irregularidad grave alguna".

Contra esta sentencia se puede presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo .