La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado los recursos de suplicación presentados por seis trabajadoras del Patronato Municipal de Bienestar Social de Cabra, dando la razón al Ayuntamiento en las tres sentencias dictadas, según ha informado a través de un comunicado.

Las empleadas del Patronato, «unidas al Consistorio mediante una relación laboral y no funcionarial», continúa la nota, reclamaban el reconocimiento del derecho a percibir trienios, así como el abono de las diferencias devengadas, una retribución básica propia de los funcionarios que, como señala el TSJA, «tienen un régimen distinto -dada la distinta naturaleza de la relación- que las retribuciones del personal laboral». En virtud de ello, señala el TSJA que a las demandantes no les corresponde el devengo de trienios, ya que es una relación laboral que «se rige por el contrato de trabajo, en el que no se contempla el derecho a las cantidades reclamadas», añadiendo que no aprecia discriminación por parte del Ayuntamiento, pues «tenía justificación objetiva para no abonar el complemento».