El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la absolución de cuatro hombres que fueron acusados de abusos sexuales en persona de especial vulnerabilidad por mantener relaciones plenas con una menor, de 16 años, que presenta un 66 por ciento de discapacidad, informa Efe.

La sentencia del TSJA, difundida este miércoles, considera que la resolución de la Audiencia Provincial de Córdoba, que fue recurrida por la acusación particular, "se halla motivada y fundamenta de un modo razonable y detallado su decisión".

La Audiencia cordobesa no consideró probado que alguno de los cuatro acusados de mantener relaciones sexuales con la menor tuviesen conocimiento de su discapacidad psíquica y de la falta de validez de su consentimiento.

La deficiencia de la menor, de nacionalidad rumana, fue detectada en el centro escolar de Pozoblanco en el que estaba escolarizada.

Se le diagnosticó una deficiencia mental leve y "un trastorno adaptativo en determinadas áreas de habilidades sociales e interpersonales, como la comunicación, el cuidado propio o el autocontrol", conforme a la sentencia confirmada ahora.

La menor "no presenta rasgos faciales o dismorfias ni alteraciones en la articulación del lenguaje, aunque su discurso pueda ser pueril".

Según la sentencia de la Audiencia, por la "búsqueda de aceptación social y por la desinhibición sexual que padece por sus déficits psíquicos", aceptó mantener relaciones sexuales con distintos individuos, la mayoría de las veces, precisa, "por su propia iniciativa", a través de una red social.

Un quinto hombre también ha visto ratificada su absolución del delito de favorecimiento de la prostitución de menores por poner a la menor al habla con un amigo, con el mantenía una conversación telefónica en un parque, cuando pedía "en voz alta a otros chicos que mantuviesen relaciones sexuales con ella".

En este caso, la sentencia que ha sido validada por el TSJA también entiende que en el caso de este acusado tampoco se ha acreditado que fuese conocedor de la minoría de edad ni de su discapacidad psíquica.

La sentencia, sobre los hechos que sucedieron en Pozoblanco entre noviembre de 2015 y el verano de 2016, fue recurrida por la acusación particular, mientras que la Fiscalía, que en primera instancia acusaba a los cinco hombres, solicitó ante el TSJA la ratificación de la absolución.