En poco más de un mes se ha llegado a un preacuerdo para el nuevo convenio del campo, que tendrá una vigencia de cuatro años. Los sindicatos UGT y CCOO y las organizaciones agrarias Asaja y Córdoba informaron ayer de que este nuevo marco colectivo, que afectará a 70.000 trabajadores y 7.000 explotaciones agrarias, recoge una subida salarial acumulada hasta el 2020 del 5,3%, tras aprobarse un incremento del sueldo del 1% en el 2017, del 1,4% en el 2018 y 2019 y del 1,5% para el 2020. En un comunicado indican que han cedido «todas las partes en su postura inicial con el fin de llegar a un acuerdo conjunto, favorable para el campo cordobés».

Inicialmente, las organizaciones sindicales habían exigido un aumento salarial del 2% en el 2017, del 2,5% en el 2018 y del 2,5% para el 2019 (un 7% en tres años). En un comunicado, los negociadores en el convenio (no se incluye a UPA) destacaron ayer «el esfuerzo llevado a cabo por ambas partes para conseguir un convenio positivo y adaptado a la realidad del sector». El convenio regulará las condiciones laborales de las explotaciones agrícolas, forestales y ganaderas, así como el manipulado, envasado, empaquetado, comercialización y recolección de productos hortofrutícolas. También, contempla los cultivos bajo abrigo, jardinería, producción ganadera, incluida la avícola, apícola, la captación y la distribución de aguas para riegos. El preacuerdo mantiene sin modificación el plus de antigüedad y el de distancia. No sufren cambios tampoco el artículo 24, que establece las condiciones en los tratamientos de fitosanitarios y se mantiene también el plus de maquinaria.

Con respecto a la jornada laboral, el documento aprobado fija la continuidad de las horas de trabajo del anterior marco colectivo (2013-2016), manteniéndose los 15 minutos de descanso a cargo del trabajador. En el caso de las horas extraordinarias, el valor se incrementará en un 40% para todas las horas y para las vacaciones se indica que mantendrá el mismo número de días de vacaciones anuales del convenio de 2013-2016, aunque se indica que se deberá garantizar, al menos, 26 días laborables. También se acuerda que los fijos discontinuos disfrutarán de días de vacaciones en proporción a los días trabajadores. Del mismo modo, se acuerda incluir a los trabajadores eventuales como beneficiarios de la baja por incapacidad temporal cuando el accidente laboral sea grave.