La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha vuelto a declarar un conjunto de medidas cinegéticas para controlar el incremento de las poblaciones de conejo silvestre y evitar así daños en cultivos e instalaciones agrícolas en zonas con presencia o alta densidad de ejemplares de esta especie. Estas actuaciones se realizarán en un total de 116 términos municipales de las provincias de Cádiz, Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla. En la provincia de Córdoba las medidas afectan a los siguientes municipios: Aguilar de la Frontera, Baena, Benamejí, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, La Carlota,

El Carpio, Castro del Río, Encinas Reales, Espejo, Fernán Núñez, Guadalcázar, Lucena, Montalbán, Montemayor, Montilla, Montoro (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Palenciana, Pedro Abad, Puente Genil, La Rambla, Santaella, Valenzuela, La Victoria, Villa del Río y Villafranca (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir).

En estas zonas la captura de conejos se podrá llevar a cabo en vivo con hurón y redes, y mediante capturadero durante toda la temporada cinegética. Cuando se realice con armas de fuego o con aves de cetrería, el periodo hábil se amplia desde el 25 de noviembre hasta el 28 de abril, siendo hábiles los jueves, sábados y domingos. Para el empleo de perros, dicho periodo abarca desde el 25 de noviembre hasta el 10 de fe-brero. No obstante, las delegaciones territoriales podrán autorizar el empleo de otros medios de captura, de acuerdo con lo contemplado en la Ley de la Flora y la Fauna Silvestres.

Además, a lo largo del nuevo periodo hábil de caza del conejo, que en esta ocasión transcurre desde el 12 de agosto al 25 de noviembre, se aplicarán las medi-das contempladas en los planes técnicos de caza, así como las fijadas en la Orden de 5 de junio de 2015, en la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Para facilitar la efectividad de estas medidas, se suspenden tanto las autorizaciones de control de daños por depredadores, con excepción de los perros y gatos asilvestrados, como la suelta y repoblación de conejos silvestres, incluidos y autorizados en los planes técnicos de caza en vigor que se acojan a esta resolución.