La Sección Tercera de la Audiencia Provincial prevé celebrar desde este lunes el juicio al exgerente del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de la Diputación de Córdoba A.N. y el exjefe de Contabilidad y Administración del Consorcio, respectivamente, acusados de delitos de malversación continuada de caudales públicos y falsedad continuada durante la etapa que va de los años 2001 a 2012.

Al respecto, la Fiscalía ha pedido penas de ocho y seis años de cárcel, así como inhabilitación absoluta por tiempo de 20 y 15 años, respectivamente, mismas penas que ha solicitado la Diputación al adherirse al escrito del Ministerio Público.

Según recoge la calificación del fiscal, a la que ha tenido acceso Europa Press, A.N. como gerente y tesorero del Consorcio dispuso en su favor "de forma irregular" durante el período en que ejerció con tales funciones de 610.280 euros de fondos públicos.

En concreto, entre enero de 2007 y marzo de 2012 realizó desde la cuenta del Consorcio Provincial a su cuenta personal un total de 46 transferencias por 310.891 euros sin justificante --factura o albarán--, que sirvieron para "aumentar el patrimonio personal del acusado". Según el fiscal, no consta la devolución al ente público de alguna de las cantidades.

Entre abril de 2001 y julio de 2006, el exgerente ingresó en su cuenta personal otros 127.860 euros "en concepto de 2.090 horas extraordinarias no realizadas o indebidamente cobradas". Dichas horas extra no le correspondían a su cargo. De 2000 a 2012, A.N. supuestamente transfirió a su cuenta personal desde la del Consorcio otros 95.414 euros "en concepto de anticipos reintegrables o quincenales de nóminas", que "no devolvió, ni compensó".

Asimismo, el Ministerio Público ha detallado que "de manera injustificada, dio de baja en la contabilidad del ente el derecho a percibir las sumas anticipadas", de modo que "no aparecía como deudor de Consorcio".

Igualmente, entre 2010 y 2012, el procesado efectuó una serie de pagos por importe de 76.113 euros, "desde la cuenta del ente público a su cuenta personal, que no disponen de factura asociada o identificada". Según el fiscal, figuraba como destinatario de los pagos la empresa encargada de la limpieza de los parques de bomberos, pero "el pago se realizaba en la cuenta personal del acusado y no del proveedor del servicio".

Al respecto, el procesado "hacía coincidir los importes de las transferencias con los de las facturas que abonaba a la empresa e igualmente la denominación de las anotaciones contables", de forma que "duplicaba los pagos", siendo el destino final de la suma la cuenta particular del acusado, según se expone en la calificación.

Conductas "conocidas y permitidas"

Por otra parte, el otro procesado ocupó el cargo de jefe de Contabilidad y Administración del Consorcio desde mayo de 2004, "a propuesta del gerente y teniendo en cuenta que desempeñaba las funciones propias de la Jefatura de Administración". A tal efecto, percibió en concepto retributivo cada mes "un total de 844 euros más por la superior categoría".

En este sentido, el fiscal apunta que las conductas del gerente fueron "conocidas y permitidas" por el otro acusado en su calidad de jefe de Contabilidad del Consorcio en esa época, de modo que remarca que "de haber realizado sus funciones, premeditadamente omitidas, ninguno de los hechos se hubieran realizado o al meno no hubieran continuado durante tanto tiempo o bien se hubiesen podido tomar las medidas oportunas para que no sucediera y exigir las responsabilidades incurridas por tales acciones".

En este caso, el Tribunal de Cuentas dictó una sentencia en 2016 por la que se ha declarado "la existencia de un alcance en los fondos públicos del Consorcio por un importe de 479.857 euros, siendo responsable directo del alcance por el importe indicado A.N.", según detalla el fiscal. Ambos serán juzgados por un tribunal popular.

En febrero de 2016 el Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba impuso una fianza de 830.000 euros al exgerente al que la propia institución provincial acusaba de la presunta comisión de delitos continuados de prevaricación y malversación de caudales públicos, por supuestamente repercutir directamente en su cuenta particular "un volumen inmenso de transferencias" dirigidas al citado Consorcio de Bomberos, que sumaron 626.540,68 euros.

La mencionada fianza no tenía como objetivo que el exgerente pudiera eludir su ingreso en prisión preventiva, sino garantizar que haría frente a "la responsabilidad civil" que pudiera tener que afrontar.

En el correspondiente auto judicial, el magistrado indicaba entonces que, de no abonar A.N. la cuantía fijada, se procedería "al embargo de sus bienes", detallando que la fianza podría ser "personal, pignotaria o hipotecaria".

Los hechos que sustentan esta decisión tuvieron su origen en las denuncias de la Diputación bajo el gobierno del PP contra A.N., que el 1 de febrero de 2013 se acogió a su derecho a no declarar cuando fue citado por el mismo juzgado.