El pasado martes el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobaba la creación de ocho nuevos municipios en Andalucía, dos de ellos en la provincia de Córdoba. Se trata de Fuente Carreteros, entidad local autónoma (ELA) perteneciente a Fuente Palmera, y de La Guijarrosa, dependiente del municipio de Santaella. Con esta declaración se culmina un largo periodo de reivindicación de ambos núcleos de población por su segregación.

La lucha

Uno de los aspectos que señalaban los dos alcaldes de las entidades emancipadas (José Manuel Pedrosa, de Fuente Carreteros, y Manuel Ruiz, de La Guijarrosa) era que por fin se hacía realidad un sueño treinta años perseguido. Fuente Carreteros lleva siendo ELA desde marzo de 1989, pero su lucha empezó antes, en 1986, para conseguir llegar a ese primer estatus. En el caso de La Guijarrosa, su empeño por ser ELA se remonta a diciembre de 1989 y su materialización como entidad local autónoma llegó en el año 2006.

El resultado

Una vez aprobada la segregación definitiva por la Junta, los ayuntamientos resultantes tendrán un pleno compuesto por 9 concejales cada uno, de acuerdo al número de habitantes que tienen: Fuente Carreteros 1.115 y La Guijarrosa 1.383. Por el contrario, los ayuntamientos matrices pierden ediles, de modo que Fuente Palmera verá reducido su número de munícipes de 17 a 13, al quedarse por debajo de los 10.000 habitantes. Sin embargo, el alcalde, Francisco Javier Ruiz, apunta que, después de haber consultado la estadística, la población del municipio colono se mantendrá en 10.110 habitantes. De ser así, conservaría su número actual de concejales. Por su parte, Santaella compondrá su Consistorio con 9 miembros, frente a los 11 de antes, al bajar de la barrera de los 5.000 vecinos. En el procedimiento de concesión de la autonomía municipal a estos dos núcleos se ha registrado una excepción a la Ley Estatal de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que fija que no se pueden generar nuevos municipios menores de 5.000 habitantes. En este caso, explica la Junta en su acuerdo, no es de aplicación dicha norma, porque tras elevar consulta al Ministerio de Hacienda en su momento, éste informó de que los procesos iniciados con anterioridad a dicha ley seguirían su curso. No es el caso de un municipio de Cataluña, al que le fue rechazada la segregación porque le fue aplicada una norma catalana de redacción posterior a la dictada por el Gobierno. Existe ya un precedente en el caso de Balanegra (Almería), municipio al que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoció su emancipación, ya que inició su expediente de segregación en el año 2005, anterior de la entrada en vigor de la citada Ley, como es el caso actual.

Otras condiciones

La Ley de Racionalización señala como requisitos para la segregación de municipios, además de los 5.000 habitantes, que deben dar su visto bueno tanto el Ayuntamiento matriz como los colindantes, además de la administración autonómica. El Consejo Consultivo debe también aportar un informe. La segregación no puede alterar en ningún caso los límites provinciales. Además, los municipios resultantes deben ser financieramente sostenibles, contar con recursos para el cumplimiento de las competencias municipales y que la segregación no suponga disminución en la calidad de los servicios que venían siendo prestados.

La gestora

Antes de constituirse los nuevos ayuntamientos, deben cubrir otro paso más, consistente en la creación de una gestora que regirá el Ayuntamiento hasta la celebración de las elecciones municipales. Esta gestora deberá ser convocada por la Diputación, que será la administración que tutele el proceso, y deberá estar constituida ya por nueve miembros, que estarán presididos por quien venía ejerciendo de alcalde y el resto será nombrado proporcionalmente en función de los votos recibidos por cada partido en las últimas municipales.

Pros y contras

Esta nueva situación legal traerá beneficios y perjuicios a las partes implicadas. A los nuevos pueblos les aportará lo que tanto tiempo vienen reclamando: autonomía total, gestionar sus propios recursos sin depender de los ayuntamientos matrices y elegir a toda su Corporación. Para los pueblos originarios, la segregación les libera de tener que ceder parte de sus presupuestos y programas para estos núcleos evitando trámites, pero, por el contrario, les puede perjudicar en la recepción de cuantías en programas de subvenciones y ayudas, al haber bajado el escalafón poblacional.

Hablan los alcaldes

El alcalde de Fuente Palmera señala que a su municipio prácticamente no le perjudica en nada porque «desde hace tiempo Carreteros tenía transferidas todas las competencias». La preocupación de José Álvarez (Santaella) se refiere a que esta segregación no genere pérdida de servicios para su pueblo. Por ello, desde el Ayuntamiento han solicitado a la Junta la emisión de un informe en el que se les indiquen las condiciones en las que queda Santaella y espera que se cumpla la ley y no se pierdan servicios que hasta ahora se prestan.