El juzgado número dos de lo Contencioso Administrativo, presidido por el juez Francisco José Martín Luna, ha dejado «conclusos para sentencia» los juicios por los recursos presentados por dos aspirantes a bombero contra la resolución tomada en el proceso selectivo. En la vista (eran dos similares y se vieron ayer de manera conjunta) el abogado de la acusación intentó demostrar las irregularidades que sus defendidos aseguran que se produjeron en las oposiciones. Para ello recurrió a los testimonios de dos peritos (un psiquiatra y una psicóloga), que discreparon de los criterios seguidos por los evaluadores para declarar no aptos a los aspirantes. La acusación mantuvo que la valoración en la prueba psicotécnica no fue objetiva, pues se fundamentaba en apreciaciones de tres psicólogos que tenían que valorar los resultados de las pruebas, cuya corrección, explicaron por su parte los responsables del tribunal evaluador, se hacía de manera mecánica por una empresa en Madrid.

Los peritos de la acusación estiman que un cuestionario tipo test no es suficiente para evaluar la idoneidad de unos profesionales que, por otro lado, llevan varios años desempeñando dicha labor. Por su parte, desde la defensa, representada por el asesor legal de la Diputación, se puso sobre la mesa que en un informe elaborado por la perito de la acusación también aparecen algunas consideraciones negativas sobre uno de los denunciantes.

Se cuestionó también en la sala el funcionamiento de la cadena de custodia de las pruebas, porque fueron abiertas y escaneadas antes de ser enviadas a la empresa que habría de corregirlas, lo que fue respondido por la secretaria del tribunal, indicando que como funcionaria pública debe asegurar que toda la documentación que sale de la institución esté controlada, según recoge la ley. El juez preguntó por el motivo por el que los exámenes se ordenaron alfabéticamente para ser enviados a Madrid y si eso no podría violar la obligatoriedad del anonimato de las pruebas. La respuesta de las testigos presentadas por el Consorcio fue que la corrección la hace una máquina y luego el tribunal lo valora de acuerdo con los criterios fijados en las bases. La secretaria del tribunal de las oposiciones aseguró que en ningún momento se rompió esa cadena de custodia.

También se cuestionó por la parte denunciante la revisión de un examen pedida por uno de los denunciantes, asegurando que no se le mostró su prueba, sino que, según explicaron las responsables del tribunal, se le dieron todas las explicaciones y la opción de que apuntara cuanto creyera conveniente. Dijeron los examinadores que no era una prueba de conocimientos, por lo tanto, la puntuación no se otorgaba con los mismos criterios.