El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Castro en relación a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). En la citada sentencia se condenaba a la institución municipal a indemnizar al propietario de una finca por los daños causados en esta como consecuencia de las «más que defectuosas obras» realizadas en la carretera vecinal Camino del Barrero. Además, el Ayuntamiento de Castro debía afrontar los «cuantosísimos gastos» de reparar el origen de los daños. El Ayuntamiento de Castro recurrió al Supremo para «denegar su responsabilidad patrimonial». Sin embargo, el Tribunal Supremo dictó el pasado 21 de mayo la «inadmisión al trámite» del recurso del Ayuntamiento de Castro por falta de fundamentación suficiente justificativa y por «falta de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, en los términos en que ha sido articulado el recurso». El TS también impone las costas a la parte recurrente, cuyo límite cuantitativo máximo -por todos los conceptos- se fija en 1.000 euros a favor de la parte recurrida y personada.

El TSJA ya falló en julio del 2017 declarando el derecho de la recurrente a ser indemnizada en la cantidad de 15.357,21 euros con el correspondiente incremento que supondría el coste de la ejecución material de las actuaciones, así como condenando también al Ayuntamiento de Castro del Río a que haga cesar la situación que provoca los daños expuestos y repare el perjuicio.