El juicio por la muerte violenta de una mujer en Baena en el año 2015 ha quedado hoy pendiente del veredicto del jurado popular, después de que las partes hayan leído sus conclusiones finales, tras prestar declaración los peritos encargados de las pruebas científicas de los indicios encontrados en el lugar del crimen.

Según estos científicos, entre las muchas muestras recibidas, se pudo comprobar la existencia de ADN de varias personas, pero de ellas solo tres fueron identificadas. Las más numerosas y claras corresponden a la propia fallecida, pero también había numerosos restos biológicos del hijo de víctima (ya fallecido) y de una manera "minoritaria" del acusado.

En concreto, el ADN encontrado de estas tres personas estaba en un reloj, una colilla, en papel de plata, en un cojín blanco y en un mechero. En todas estas piezas había restos biológicos del hijo de la fallecida. Otras de las muestras halladas coincidían con el perfil genético de la víctima. Del acusado, según los expertos, se encontraron en una gorra, en los cordones con los que se amarraron las manos de la mujer y en la mordaza.

En sus conclusiones finales, el abogado defensor ha intentado convencer al jurado de la necesidad de la absolución porque dichos restos podrían haberse fijado en cualquier otro momento antes del suceso. Puso como ejemplo que también aparecían restos del hijo de la fallecida que, cuando ocurrieron los hechos, hacía varios días que estaba en el hospital. Además, explicó que es normal que hubiera restos de su defendido en la mordaza porque era un trapo de la casa en la que el acusado había pasado mucho tiempo y participado en algunas labores. Asimismo, indicó que si su cliente hubiera sido la persona que ató a la mujer, los restos hallados serían mucho más abundantes y no minoritarios, como decían los expertos. A ello, unió una defensa, con ejemplos, de la fragilidad del argumento de la huella dactilar encontrada. Esgrimió también el abogado que no se habían encontrado muestras de ADN del acusado en el cojín que había sobre el cuerpo de la víctima.

Por su parte, la fiscal indicó que rebajaba su petición de pena porque retiraba el ensañamiento de las imputaciones, pero que mantenía el resto porque, a su juicio, se había demostrado a lo largo de las sesiones que se había entrado con la intención de robar, y que la existencia de las huellas digitales y, sobre todo, las de ADN que fueron halladas en la mordaza y en los cordones utilizados para amarrar las manos de la víctima demostraban la autoría del acusado.