El juzgado número dos de lo Contencioso Administrativo, presidido por el juez Francisco José Martín Luna, ha dejado "conclusos para sentencia" los juicios por los recursos presentados por dos aspirantes a bombero contra la resolución tomadas en el proceso.

En la vista (eran dos similares y se han visto hoy de manera conjunta) el abogado de la acusación ha intentado demostrar las irregularidades que sus defendidos aseguran que se han producido en el proceso. Para ello se ha servido de los testimonios de dos peritos (un psiquiatra y una psicóloga) que han discrepado de los criterios seguidos por los evaluadores para declarar no aptos a los aspirantes. La acusación mantiene que la valoración en la prueba psicotécnica no fue objetiva, pues se fundamentaba en apreciaciones de tres psicólogos que tenían que valorar los resultados de las pruebas, cuya corrección, explicaron los responsables del tribunal, se hacía de manera mecánica por una empresa en Madrid.

Los peritos de la acusación estiman que un cuestionario tipo test no es suficiente para evaluar la idoneidad de unos profesionales que, por otro lado, llevan varios años desempeñando dicha labor. Por su parte, desde la defensa, representada por el asesor legal de la Diputación, se puso sobre la mesa que en un informe psicológico elaborado por la perito de la acusación también aparecen algunas consideraciones negativas sobre uno de los denunciantes.

Se ha cuestionado también en la sala el funcionamiento de la cadena de custodia de las pruebas, porque fueron abiertas y escaneadas antes de ser enviadas a la empresa que habría de corregirlas, lo que fue respondido por la secretaria del tribunal, indicando que como funcionaria pública debe asegurar que toda la documentación que sale de la institución esté controlada, según recoge la Ley. El juez preguntó por el motivo por el que los exámenes se ordenaron alfabéticamente para ser enviados a Madrid y si eso no podría violar la obligatoriedad del anonimato de las pruebas. La respuesta de las testigos presentadas por el Consorcio fue que la corrección la hace una máquina y luego el tribunal lo valora de acuerdo con los criterios fijados en las bases. La secretaria del tribunal de las oposiciones aseguró que en ningún momento se rompió esa cadena de custodia.

El otro asunto que se cuestionó por la parte denunciante fue el de la revisión de un examen pedida por uno de los afectados, asegurando que no se le mostró su prueba, sino que, según explicaron las responsables del tribunal, se le dieron todas las explicaciones y la opción de que apuntara cuanto creyera conveniente, además de que no era una prueba de conocimientos puros y duros, y por lo tanto la puntuación no se otorgaba con esos criterios.