La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha denunciado hoy que el Ministerio de Defensa se niega a reconocer el fallecimiento "in itinere" de un agente que murió el año pasado como consecuencia de un accidente de tráfico que sufrió "cuando se dirigía a prestar su servicio", informa Efe.

La AUGC ha explicado en una nota que en abril de 2017, un guardia civil destinado en Palma del Río (Córdoba) sufrió un accidente de tráfico cuando se trasladaba desde su domicilio hasta su destino "para prestar servicio nocturno", y falleció un mes después.

Su viuda solicitó que se reconociera que el fallecimiento de su cónyuge fue consecuencia del servicio, al haberse producido "durante el desplazamiento hacia su lugar de trabajo", por lo que le correspondería la pensión de viudedad extraordinaria.

Dicha solicitud ha sido desestimada por el Ministerio de Defensa argumentando que, según la doctrina fijada por la Audiencia Nacional, "los fallecimientos y lesiones producidas por accidentes "in itinere" no se consideran producidas con motivo u ocasión del desempeño del puesto de trabajo, al menos en lo referente a las pensiones extraordinarias de clases pasivas", añade el escrito.

Tras la decisión, se ha interpuesto un recurso ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo argumentando que en este caso confluyen "todos los requisitos fijados por el Tribunal Supremo para que un accidente pueda considerarse como producido in itinere, y así lo reconocieron en sus respectivos informes el propio Jefe de la Comandancia de Córdoba y el Comandante de Puesto de Palma del Río".

Según AUGC, el propio instructor del expediente hizo constar en su propuesta de resolución que la investigación proponía "estimar la solicitud, al quedar acreditado el nexo causal entre el servicio y el accidente sufrido por el guardia civil, por lo que sí procede su reconocimiento como en acto de servicio".

Sin embargo, el Ministerio de Defensa "ha hecho caso omiso a dicha propuesta del instructor", según la asociación, basándose en "el artículo 47 de la Ley de Clases Pasivas del Estado, norma que desde su aprobación en 1987 ha sido modificada hasta en 38 ocasiones, sin que en ninguna de ellas se haya aprovechado para acabar con las injusticias que origina el modo en que está redactado ese artículo".

Por ese motivo desde AUGC se están manteniendo "reuniones con varios grupos parlamentarios" para instarles a que "se modifique esa ley con el fin de que se reconozcan los accidentes in itinere como accidentes laborales".