El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Córdoba ha anulado una licencia concedida por Urbanismo para la ampliación de una vivienda unifamiliar en el Brillante, en respuesta a la demanda de un vecino que denunció una infracción del PGOU, que se había edificado más volumen del permitido y construido una vivienda independiente no autorizada en la parcela. Los hechos se remontan al 2006, cuando la vecina del demandante pidió licencia para ampliar su casa con otra edificación aislada de dos plantas y se le concedió en el 2007. Sin embargo, en el 2008, y tras una denuncia, Urbanismo paralizó la obra y pidió su legalización o derribo. En el 2010, y tras la entrega de más documentación, otorgó la licencia. La sentencia, que no es firme, explica que Urbanismo --codemandada-- considera que la edificación complementa a la principal y ambas forman una unidad, pero el recurrente denuncia que se ha hecho una casa independiente. Por su parte, el juez, que llegó a personarse en el lugar, tiene claro que la construcción "se ha promovido para destinarse a vivienda independiente", ya que "no resulta verosímil que se construya(...) un edificio con la disposición arquitectónica, volumen, altura, instalaciones y calidades que tiene para no vivir en él" y dedicarlo a usos accesorios.