La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior del Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Sala Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba por la que se condenaba a 16 años de prisión y otro tipo de medidas a un hombre por los delitos de homicidio en grado de tentativa, allanamiento de morada, amenazas graves y quebrantamiento de condena sobre su pareja.

Según se explica en la declaración de hechos probados, el condenado mantuvo una relación más o menos estable con la víctima durante 8 años, con la que tenía un hijo de dos años en el momento de los hechos. Indica la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, que el acusado mantenía una conducta despótica y discriminatoria sobre su pareja, sobre la que ejercía violencia física, bien sobre ella o sobre enseres de su propiedad (móvil, coche, mobiliario, etcétera) y amenazas constantes sobre la mujer o sobre sus allegados y familiares. Además, se indica que pese a tener fijada una orden de alejamiento la vulneraba e incluso tenía instalado en el teléfono móvil de la mujer un geolocalizador para saber en todo momento de sus movimientos, además de profelirle en numerosas ocasiones insultos tales como "puta" o "inútil".

En dos ocasiones, en ambas en presencia del menor y en una de ellas, con varias amigas de la mujer como testigos, el acusado agredió a la víctima sujetándola por el cuello con fuerza llegando casi a asfixiarla.

Pese al recurso presentado por la defensa, el TSJA desestima dicho recurso y confirma la sentencia originaria en todos sus conceptos y condena a costas al procesado.