La ley del jurado establece que transcurridos dos días desde el inicio de la deliberación sin que este hiciera entrega del acta de votación --en este caso las 48 horas se cumplirían a las 12.00 de hoy--, el magistrado presidente "podrá" convocarle a una comparecencia en la que participarían todas las partes para ampliarle las instrucciones. Sin embargo, se trata solo de una posibilidad --que no parece que sea necesaria aquí porque el jurado está avanzando-- y en ningún modo supone imponerle un plazo ni implica concederle prórrogas, según explicaron ayer fuentes judiciales.

La votación es nominal por cada uno de los nueve miembros. El portavoz del jurado somete a la misma cada uno de los ítems que componen el objeto del veredicto. Para ser declarados probados se precisan al menos siete votos sin son desfavorables al acusado y cinco si le fuesen favorables. Igualmente, serán necesarios siete votos para establecer la culpabilidad y cinco votos para la inculpabilidad, y eso por cada hecho delictivo imputado. En este caso, asesinato y simulación de delito.

Una vez alcanzado el veredicto, el jurado redacta un acta y la entrega al magistrado presidente, quien salvo que la devuelva --por incompleta o contradictoria-- convocará a las partes para su lectura en audiencia pública.