La sentencia de la Audiencia Nacional que ha avalado el descuento del café y el cigarrillo de la jornada laboral ha suscitado el rechazo de los sindicatos y las dudas de la patronal en Córdoba. Desde la Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO) reconocen que puede ser una sentencia «atractiva» desde el punto de visita informativo porque es algo «excepcional», pero que en la mayoría de convenios se reconocen ya esos descansos como cómputos activos de trabajo por lo que consideran que no afectará en la práctica a muchos trabajadores. Tal y como publicó Diario CÓRDOBA hace unos días, la aplicación del control horario se estaba topando en Córdoba principalmente con esta duda: ¿Qué hacer con los 15 minutos del café?

Entre los empresarios, no obstante, hay quien también ve «normal y natural» descontar las pausas, como el presidente de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), Javier González, que así lo ha expresado esta mañana en Sevilla. En declaraciones a Europa Press el presidente de la CEA considera que así se mejora la productividad, a la par que ha insistido en que esta decisión no afectará a la "convivencia" dentro de las empresas. Tras conocer el fallo de la Audiencia Nacional, González de Lara ha manifestado este martes que "igual que se nos obliga a las empresas al registro horario también es bueno que el trabajador de manera consciente sepa que se le puede computar de una manera o de otra".

Desde CCOO --que ha anunciado que recurrirá el fallo-- interpretan la decisión «como un intento de desmantelar la negociación colectiva» y como un «ataque al colectivo más débil» y «vuelve a poner por delante la producción sobre las personas», afirma Aurelio Martín, responsable de Acción Sindical de CCOO. Desde el sindicato lamentan que el fallo obvie el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores en relación a la obligatoriedad de negociar la jornada con la plantilla, así como cualquier modificación que se pueda producir en ella. «La sentencia salta sobre derechos consolidados como el derecho adquirido y el principio de condición más beneficiosa, desacreditando su función y validez», lamenta Aurelio Martín.

Por otro lado, para CCOO esta sentencia centra su argumentario en una empresa que no tenía establecido control horario con anterioridad a la entrada en vigor de la norma por lo que, a criterio de la Audiencia Nacional, «no existía un efectivo control y seguimiento de la jornada desarrollada por cada trabajador». Sin embargo, en esa misma sentencia se alude a eso mismo para indicar que no hay que pagar las horas extras si no están autorizadas por adelantado. «Es decir, si trabajas menos, no te lo pago y, si trabajas más, no te lo pago». En definitiva, para CCOO, con esta sentencia se rompe el espíritu de la norma que no es otro que "aflorar las millones de horas que ni se compensan ni se pagan y que equivalen a 246.000 puestos de trabajo a jornada completa".