¿Por qué conceptos urbanísticos ha de apostar la administración?

Con este virus se ha puesto de manifiesto, aunque no es novedad, la necesidad de disfrutar de espacios libres, ya sean en la propia vivienda o en su entorno más cercano. Para que eso sea posible y como concepto general, la administración debería apostar por un urbanismo más liberal, de forma que se posibiliten suelos urbanizables de baja densidad en cualquier ubicación siempre que no existan motivos para su protección. Esto ya se intentó llevar a cabo mediante la Ley del Suelo de 1998 pero no se terminó aplicando pues no dio tiempo a los ayuntamientos -y tampoco pusieron mucho empeño- a adaptar los planes generales a la citada ley. Mi opinión es que deberían retomarse sus conceptos fundamentales y tratar de aplicarla. Mejorarían las condiciones de vida de muchos ciudadanos y sería económicamente viable -sin esto el urbanismo carece de sentido- pues al liberalizar el suelo el precio de éste sería muy inferior. No obstante, me gustaría reseñar que el caso concreto de Córdoba tiene la fortuna de disfrutar de un magnífico PGOU. En lo referente a los edificios apostaría por potenciar los espacios abiertos dentro de los mismos (terrazas, cubiertas, patios, etc), algo sin duda, propio de nuestros hábitos y cultura mediterránea.

¿Qué medidas concretas implementaría en Córdoba?

Entre las medias concretas a desarrollar una debería ser adaptar el PGOU para que se potencien las terrazas, flexibilizando su encorsetada normativa. En efecto, en muchas zonas de la ciudad solo se puede tener 1 metro de ancho como máximo. Debería permitirse que tuvieran una dimensión propia de una estancia más de la vivienda para que fueran habitables de forma habitual. También se potenciarían flexibilizando la forma de computar su superficie a efectos de edificabilidad. Por ejemplo, en el casco histórico se potencia la obligada galería de los patios computando solo el 25% de su superficie. Algo similar se debería implantar para las terrazas. Otra medida sería adaptar el planeamiento general para que tanto los patios como las cubiertas del conjunto histórico puedan albergar todo tipo de usos vinculados al principal. Por ejemplo, si es un hotel o un restaurante, que puedan celebrarse eventos, disponer de mesas para comer, piscinas para uso público, etcétera. Se trata de una limitación actual que no es beneficiosa para nadie y que no se da en el resto de ciudades.