El presidente de la Audiencia provincial, Francisco Sánchez Zamorano, considera que hay «mucho posicionamiento ideológico y bastante prejuicio» sobre la prisión permanente revisable.

El magistrado apunta que no ve, «por ahora, ninguna inquietud o necesidad social que aconseje una derogación o modificación» de la última reforma en su conjunto operada en el Código Penal por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, aunque admite que el tema de la prisión permanente revisable «provocó encendida polémica, existiendo voces de autorizados juristas que reclaman su supresión, por inconstitucional», al entender que esta pena «no encaja con la finalidad resocializadora de las penas privativas de libertad que consagra el artículo 25 de la Constitución».

Sánchez Zamorano argumenta que «si la pena es revisable, siempre queda margen para esa resocialización». De hecho, precisa que «la prisión permanente se reserva para casos contados de crímenes brutales y execrables». A su juicio, «no es inconstitucional que una persona permanezca en prisión cuando tras seguir los pertinentes tratamientos penitenciarios de reinserción estos fracasen».