Parte del decreto de parcelaciones de la Junta decreto de parcelaciones de la Juntaestá en el aire por un conflicto de competencias. El Gobierno central ha mostrado su disconformidad con una decena de artículos, por lo que a partir de ahora empezará un procedimiento de negociación entre las dos administraciones para evitar que acabe recurrido ante el Tribunal Constitucional.

Fuentes de la Junta han explicado a este periódico que el Gobierno central ha mostrado su disconformidad al considerar que el decreto aprobado hace tres meses colisiona con la Ley de Costas. Según estas fuentes, está prevista una próxima reunión entre ambas administraciones para abordar este tema.

Estas fuentes explican que la Junta "defiende que el decreto ley de viviendas irregulares no invade competencias estatales" y que "tiene el aval del servicio jurídico", por lo que "así lo argumentará ante el Gobierno en una próxima reunión bilateral". Esta fuentes indican que en esa reunión se escucharán los argumentos del Ministerio, que aluden a la Ley de Costas, y si hubiera colisión, se cambiarían algunos artículos". A pesar de ello, añade, "la Junta defenderá la legalidad del decreto ley que fue convalidado en el Parlamento andaluz por PP, PSOE, Cs y Vox", y que "ha sido refrendado con mociones en varios ayuntamientos gobernados por PSOE e IU", por lo que, concluyen, "cuenta con un amplio consenso político".

Los diez artículos en los que hay discrepancias

En total son diez artículos sobre los que hay discrepancias y sobre los que se van a iniciar las negociaciones para resolverlas, los 2, 3, del 10 al 15, 20 y 24 y la disposición final primera. A partir de ahí se creará un grupo de trabajo para ello. El acuerdo de negociación ha sido adoptado por el ministro en funciones de Agricultura, Luis Planas, y el consejero de Presidencia, Elías Bendodo, en la subcomisión de seguimiento normativo de la comisión bilateral de Cooperación.

El artículo 2 hace referencia a las edificaciones terminadas antes de la entrada en vigor de la Ley de 1975, que, aunque no tengan licencia por estar en suelo no urbanizable, con el decreto la tendrían, así como las de suelo urbano y urbanizable con delito prescrito al entrar en vigor la Ley de 1990. El artículo 3 se refiere a la figura del Asimilado al fuera de Ordenación (AFO), que es la herramienta básica del decreto. En cuanto a los artículos del 10 al 15, aluden a los planes especiales, destinados a facilitar los servicios básicos a los núcleos que no están recogidos en el planeamiento urbanístico. El artículo 20 se refiere a la incorporación de parcelaciones al planeamiento, mientras que el 24 se centra en las viviendas que son incompatibles con la ordenación urbanística. Por último, la disposición final primera abarca las modificaciones que se introducen en la LOUA del 2002. Todo esto da idea del alcance de las discrepancias planteadas.

¿En qué consiste la negociación?

La negociación que inician Gobierno central y Junta se enmarca en un procedimiento habitual incluido en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica de 1979 del Tribunal Constitucional. Cuando el Parlamento de una comunidad autónoma aprueba una ley, el Gobierno central la estudia para ver si se ajusta a la normativa estatal existente. Cuando existen discrepancias sobre la constitucionalidad de esa nueva norma o sobre su encaje en la legislación estatal, se abre un proceso de negociación.

Desde que una norma se publica en el boletín oficial de la comunidad autónoma correspondiente -en el caso del decreto de parcelaciones, ocurrió en septiembre-, el Gobierno cuenta con un plazo de tres meses para interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional si considera que vulnera la normativa en vigor. Con este procedimiento de negociación, ese plazo se paraliza y empieza otro de seis meses para llegar a un acuerdo. El objetivo es, según las fuentes consultadas del Ejecutivo central, que la norma, en este caso el decreto de la Junta, se ajuste a la Constitución y a las leyes estatales y evitar así un recurso ante el Tribunal Constitucional.

En la negociación, si se produce un acuerdo, este puede ser de dos tipos. Por un lado, de modificación. En este caso, la Junta se comprometería a modificar el decreto de parcelaciones. Por otro, de interpretación. En este caso, las dos administraciones llegarían a un acuerdo de interpretación de la parte sobre la que discrepan. Mientras que este procedimiento está abierto, el decreto está en vigor.

El nuevo decreto de septiembre

Hay que recordar que el decreto que entró en vigor en septiembre amplía la cobertura de la figura del Asimilado al Fuera de Ordenación (AFO), lo que abre nuevas oportunidades, e introduce la posibilidad de realizar planes especiales. El AFO no legaliza, pero permite la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad y el acceso a los servicios básicos con condiciones. Sin embargo, en la capital el decreto tiene poca incidencia, y de ello ya se habían quejado los colectivos de parcelistas, ya que las viviendas del entorno de Medina Azahara, las inundables de los alrededores del aeropuerto o las que están en suelo protegido de la Sierra siguen quedándose fuera. Aún así habrá viviendas que puedan acogerse al AFO a través de este decreto de las más de 42.000 existentes a nivel provincial. Además, al margen de la LOUA, es la única herramienta que hay en vigor, ya que su puesta en marcha supuso dejar sin efecto el decreto del 2012 y las posteriores reformas de la LOUA que ha habido para facilitar los servicios básicos.