Más de 100.000 españoles (con discapacidad intelectual, enfermedad mental o deterioro cognitivo) de los que alrededor de 1.000 viven en Córdoba y en torno a los 13.000 en Andalucía, tendrán opción de votar en las elecciones generales del 28 de abril, así como en las municipales y europeas del 26 de mayo y en todos los comicios posteriores, en base a la reforma de la Ley Orgánica de Régimen General (Loreg) que entró en vigor el 6 de diciembre del 2018.

A pesar de que España ratificó en el 2008 la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de Naciones Unidas (ONU) y estaba obligada a igualar los derechos de estas personas con los del resto de ciudadanos, como ya ocurre en muchos países desarrollados, no fue hasta el 2018 (tras muchas movilizaciones), cuando el Congreso de los Diputados modificó la Loreg para que no tuviera en cuenta la incapacitación judicial de estas miles de personas, que era lo que les impedía votar.

En concreto, se suprimieron los dos apartados que denegaban el derecho al voto a los declarados incapaces en función de una sentencia judicial firme y a los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial. Marcial Gómez, diputado de Ciudadanos por Córdoba en el Congreso, señala que esta reforma legal «me parece la mayor conquista de derechos civiles de la legislatura recién terminada. Ha sido un privilegio ser uno de sus ponentes y haber participado activamente para hace real una de las reivindicaciones más antiguas de este grupo de población».

Valoraciones

Sobre la aprobación de esta reforma, la subdelegada del Gobierno, Rafaela Valenzuela, resalta que es «una señal de madurez democrática, un avance en la inclusión en igualdad. El derecho al voto es fundamental, por eso es importante que se pueda ejercer, aunque se necesite algún tipo de apoyos». La modificación de la Loreg «sitúa a España como una de las democracias más avanzadas», destaca la subdelegada del Gobierno. Además, añade que «me alegra que coincidiera este avance con el 40 aniversario de la Constitución, señal de que somos una democracia más valiente. Tenemos que ir a la raíz de los derechos y a la eliminación de las barreras para que estos ciudadanos y sus familias se sientan de primera».

Marcial Gómez recuerda que la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, ratificada por España, recoge que «las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con los demás» y añade que «los estados firmantes deben garantizar y proteger a las personas con discapacidad para que puedan emitir su voto en elecciones y poder presentarse como candidatos». Gómez considera que el espíritu de este tratado internacional supone una revolución en el trato que ofrece el ordenamiento jurídico a la discapacidad. «Se ha transitado de una concepción médico asistencial de la discapacidad a una nueva, garantista de sus derechos en condiciones de igualdad plena, ayudándoles a tomar sus decisiones, pero no sustituyendo su voluntad», precisa.

A pesar de la vigencia de la reforma, hace unas semanas la Junta Electoral Central (JEC) emitió una instrucción en la que decía que, «en el supuesto de que algún miembro de una mesa electoral o algunos de los interventores o apoderados adscritos a la mesa considere que el voto de una persona con discapacidad no es ejercido de forma consciente, libre y voluntaria, lo podrá hacer constar en el acta de la sesión, pero no se impedirá que dicho voto sea introducido en la urna». Ante las quejas de todos los partidos de la comisión de discapacidad y del movimiento asociativo, la Junta Electoral rectificó y retiró la palabra discapacidad de la instrucción, ya que el derecho al voto es inherente a la condición de la persona, no a la capacidad.

Posibles dudas

Marcial Gómez apunta que posibles dudas que pueden plantearse tras esta reforma legal son, por ejemplo, si puede votar una persona con alzheimer. Gómez indica que la Loreg señala que toda persona podrá ejercer su derecho al voto consciente, libre y voluntariamente y se suprime la discriminación por razón de discapacidad intelectual. A partir de ahí, una persona con alzheimer podrá votar si cumple los requisitos (si sabe su nombre y lo que hace). Y no podrá hacerlo si no es consciente de su acto, al igual que tampoco se le permitiría votar a una persona afectada por la ingesta de alcohol o drogas, que estuviera visiblemente coaccionada por otra persona. Para el ponente de esta reforma por Cs lo más importante es que «hay muchas personas ilusionadas por participar por primera vez en la fiesta de la democracia o por recuperar la opción de votar que poseían antes de tener una sentencia de incapacitación, siendo así ciudadanos de pleno derecho».