La historia del plan es tan larga y compleja como la de la multa impuesta a Gómez por construir la naves. El documento ha sido redactado y tumbado dos veces. El empresario impulsó el primer plan de la carretera de Palma, que fue aprobado por el Pleno en el 2006, recurrido por la Junta y tumbado por el TSJA en el 2008. Tres años después, en el 2011, el Supremo confirmó la anulación del plan, que contaba incluso con proyecto de actuación (que es el instrumento que iba a legalizar las naves definitivamente, pero que también fue anulado). Ante esa situación, el Ayuntamiento se vio obligado a redactar otro plan, ya de iniciativa pública, en el que quería ir de la mano de la Junta para evitar otro recurso. Ese segundo plan fue aprobado en diciembre del 2012 por todos los grupos del Pleno -el PSOE incluido-, pero también fue recurrido por la Junta, que pedía que se anulara todo lo alusivo a la zona de las naves, ya que quería que se derribase más de lo previsto y no se permitiera su uso para almacenar y distribuir. El plan implicaba tirar 15.000 metros, mientras que la Junta es partidaria de tumbar 21.000. El TSJA dio la razón a la Junta en ese aspecto y en que no se pueden utilizar las naves para almacén de productos y su posterior venta.

El TSJA se pronunció el 20 de marzo del 2014 sobre ese recurso de la Junta anulando los dos artículos y dejando vigente el resto. Después, el 4 de abril, el TSJA se pronunciaba sobre otro recurso contra el mismo acuerdo del Pleno que aprobaba el plan, interpuesto por Proyectos Urbanísticos (que es el que ha generado la sentencia del TSJA ahora), en el que reiteraba el fallo anterior. Un mes después, el 22 de mayo, el TSJA daba el mismo paso en otra sentencia en relación al recurso de un particular, Nicolás Moya.