Nueva sentencia contra el Ayuntamiento de Córdoba por no pagar a un trabajador como funcionario. Se trata del segundo fallo contrario a los intereses municipales a cuenta del salario percibido por una persona que fue contratada en el marco de los programas Emplea@joven y Emplea@30+. El Ayuntamiento considera que la sentencia no se ajusta a derecho y es lesiva para los intereses municipales, por lo que la asesoría jurídica municipal considera procedente formular contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

En esta ocasión, el Ayuntamiento de Córdoba tendrá que indemnizar al demandante con 7.625 euros por las diferencias salariales más un 10% de intereses por mora de 4.613 euros, después de que el juzgado de lo Social número 2 (el mismo que dictó la anterior sentencia) considere que el salario que percibió este trabajador, que ejercía las labores de oficial de 1ª, era inferior a la prevista por el convenio colectivo para los trabajadores con la categoría de oficial de oficios.

En la anterior sentencia, este mismo juzgado le dio la razón a un trabajador contratado por el programa Emplea como albañil entre junio del 2017 y diciembre del 2018 para prestar servicios en Cecosam. El demandante reclamaba la cantidad de 5.780 euros correspondientes a diferencias contributivas por la inaplicación del convenio colectivo de la empresa municipal, pese a haber desempeñado su trabajo en las mismas condiciones que el resto de la plantilla del Ayuntamiento.

Solo en 2019, el Ayuntamiento de Córdoba ha contratado a 654 personas con estos programas. En la Delegación de Recursos Humanos prevén que el Consistorio cordobés tendría que destinar 5 millones de euros para el pago de indemnizaciones a extrabajadores de los programas Emplea en el peor horizonte de demandas.