El real decreto que ha entrado en vigor esta semana en relación a los alquileres y pisos turísticos no satisface ni a administradores de fincas, ni a agentes de la propiedad inmobiliaria, ni tampoco a los constructores. Por un lado, los administradores de fincas consideran positivo el veto que pueden ejercer las comunidades de vecinos a las viviendas turísticas pero estiman necesario un cambio más profundo de la ley. Por otro, los agentes de la propiedad piensan que las novedades en cuanto a arrendamientos suponen dar marcha atrás. Por último, los constructores califican la propuesta en cuanto a los arrendamientos como «un fiasco».

Los administradores de fincas ya exigieron en octubre como prioritaria la regulación del arrendamiento turístico como una actividad económica, ya que no quieren que toda la responsabilidad recaiga en las comunidades. Su idea es que haya una solución global y una nueva Ley de Propiedad Horizontal más que modificaciones puntuales. La presidenta del Colegio de Administradores de Fincas de Córdoba, Mercedes Romero Balsera, recuerda que el Consejo General de Administradores tiene un proyecto de ley que no prospera y, en cambio, el Gobierno va sacando normativa nueva «a retazos».

Aun así, reconoce que era «una reforma muy esperada por las comunidades» la de establecer que «con una mayoría cualificada de tres quintos de los propietarios, que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se pueda adoptar un acuerdo que limite o condicione el ejercicio de la actividad del alquiler turístico de vivienda dentro de la comunidad». A esto se suma, añade, que con «esa misma mayoría se puede establecer una cuota especial o un incremento en la participación de los gastos comunes de los pisos turísticos siempre que no sea superior al 20%». Romero Balsera explica que antes, con la unanimidad necesaria para vetar un piso turístico, «era imposible prohibirlo, pero ahora tenemos algo más». Pero, según señala, al no tener carácter retroactivo, «si viene un propietario nuevo no sabemos qué hacer, ya que los acuerdos obligan a los que en ese momento tienen esa cualidad». La duda surge en el que compra una vivienda nueva, ya que «para que los acuerdos obliguen a terceros tienen que estar en el Registro de la Propiedad». Aun así, el paso «es positivo porque es una reivindicación que llevamos tiempo pidiendo, pero nos gustaría una modificación completa de la Ley de Propiedad Horizontal».

El real decreto incluye que el fondo de reserva de las comunidades esté dotado de una cantidad no inferior al 10% del presupuesto ordinario del ejercicio anterior, en vez del 5%. Ese fondo, además de destinarse a obras de conservación y reparación, debe dedicarse a accesibilidad. Romero indica que «la efectividad del fondo de reserva es relativa». Además, la comunidad está obligada a realizar obras que afecten a la accesibilidad cuando se reciban ayudas que alcancen el 75% de su coste. «Lo que hace falta ahora es que realmente las haya», señala.

El portavoz del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Córdoba, Agustín León, piensa que la norma supone dar «marcha atrás» y no debería haber entrado en las viviendas turísticas, que tendrían que atajarse por las licencias. A su juicio, es la Junta la que debería decidir qué vivienda cumple y cuál no los requisitos para tener uso turístico. Es más, piensa que «puede ser inconstitucional».

El secretario general de la Asociación de Empresarios de la Construcción (Construcor), Francisco Carmona, está convencido de que las medidas planteadas «no responden a un diagnóstico riguroso del problema y sus causas, sino a un tacticismo meramente cosmético y constituyen un fiasco en toda regla».