Un real decreto de 1998 reformó el artículo 5.4 del Reglamento Hipotecario, que hasta entonces había impedido que todos los templos destinados al culto quedaran fuera del registro al estimarse que eran "bienes comunes", como sucedía con las calles o las plazas de las ciudades. El 2 de marzo del 2006, la Diócesis registró a su nombre la Mezquita. Expertos consideran que el reglamento hipotecario es inconstitucional al considerar a la Iglesia como una administración (artículo 206) y permitir que los diocesanos puedan expedir certificados oficiales (artículo 304), lo que iría contra la Constitución.