La Asociación por el Derecho a una Muerte Digna considera que la ley del 2010 "solo reconoce el concepto de terminalidad, pero cuando es una enfermedad grave e irreversible no lo recoge, por lo que es insuficiente y se queda corta". Isabel Torres, presidenta de este colectivo en Andalucía, ha señalado a este diario que las medidas que prevé la normativa promulgada por la Junta "no se aplican hasta que corre peligro la vida del enfermo". Esto es lo que se vive con enfermedades como "los ictus, accidentes cerebro vasculares o alzehimer" y en el caso de Francisco Guerrero --esclerosis-- "le ofrecemos apoyo moral y logístico. Asesoramos y hacemos lo que se puede".

En su opinión, este tipo de historias "sirven para que la sociedad se dé cuenta de que hay mucha gente en esa situación" e insiste en que "nuestra lucha es que se legalice la eutanasia".

La ley tiene como fines proteger la dignidad de la persona en el proceso de su muerte y asegurar la autonomía de los pacientes y el respeto a su voluntad en el proceso de la muerte, incluyendo la manifestada de forma anticipada mediante el testamento vital, según figura en su articulado. Sus principios básicos se inspiran, entre otros puntos, en la garantía del pleno respeto del derecho a la plena dignidad de la persona en el proceso de la muerte y la promoción de la libertad, la autonomía y la voluntad de la persona, de acuerdo con sus deseos, preferencias, creencias o valores, así como la preservación de su intimidad y confidencialidad.