Las primeras sentencias de la Audiencia Nacional sobre los recursos presentados por ex consejeros y ex directivos de Cajasur a la sanción que les impuso el Banco de España tras la intervención de la entidad --confirmada por el Ministerio de Economía en enero del 2012-- son desfavorables a los demandantes. El vicepresidente segundo de Cajasur, el canónigo Fernando Cruz-Conde, ha visto desestimado su recurso, y la sala sexta de la Audiencia le mantiene la sanción de 142.000 euros y le condena en costas. A otro de los vocales del último consejo de administración de la extinta caja de ahorros cordobesa, Miguel Contreras, designado en representación del PP, también se le rechazan sus argumentos y se le mantiene la multa de 49.000 euros, si bien no hay expresa imposición de las costas.

Son las primeras sentencias que se van conociendo de entre los 38 ex consejeros y ex directores generales sancionados, y corresponden a personas que han acudido a la justicia en solitario, con lo que los procedimientos han sido más rápidos que los de otros consejeros que van en grupo, como los del Cabildo Catedral (el ex presidente y hoy obispo auxiliar de Sevilla, Santiago Gómez Sierra, junto a otros canónigos e impositores de la caja) y los llamados ‘consejeros institucionales (los ex vicepresidentes por el PSOE y el PP y consejeros de PSOE e IU), que han presentado sus conclusiones más recientemente.

A Fernando Cruz Conde, que fue vicepresidente segundo de Cajasur, la sentencia de la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional le rechaza sus argumentos de defensa, señalando que en ellos no desmiente los hechos, sino su responsabilidad en los mismos, y le recuerda que en el ámbito administrativo sancionador “es posible la exigencia de responsabilidad por inactividad del sujeto, cuando el ordenamiento jurídico le impone una actuación positiva y especialmente cuando lo sitúa en posición de garante”. La sala rechaza los argumento de “Indefensión por falta de individualización de los cargos imputados” y de “la decisiva influencia de hechos anterior al nombramiento” de Cruz-conde y le ratifica las cuatro sanciones: 52.000 euros por presentar Cajasur deficiencias en su estructura organizativa y en sus menanismos de control interno, 45.000 por incumplimiento de las políticas exigidas por el banco de España (fusión con Unicaja); 25.000 euros por no cubrir Cajasur el coeficiente exigido de solvencia y 20.000 euros por incumplimiento de las normas en los límites de riesgo de determinadas operaciones.

A Miguel Contreras, que se abstuvo en la votación de la que salió, en mayo del 2010, el rechazo a la fusión de Cajasur con Unicaja, le mantiene la sanción de 39.000 euros por las deficiencias en los mecanismos de control interno de Cajasur y la de 10.000 euros por el incumplimiento de los riesgos, quedando eximido (como ya había admitido en su momento el Banco de España) de las sanciones relativas a la desobediencia sobre el acuerdo de fusión y a la insolvencia de la entidad, que deriva de la anterior. No le reduce la sanción como solicita, pues el juez argumenta que le ha sido impuesta “dentro de los parámetros menores previstos por el legislador para cada uno de los tipos infractores”.