La primera sesión del juicio a La Manada de Pozoblanco ha finalizado este lunes con la declaración de su inocencia por parte de Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Jesús Escudero y Antonio Manuel Guerrero, los cuatro procesados por presuntos abusos sexuales a una joven en la citada localidad cordobesa, un delito contra su intimidad (al difundir las imágenes de los hechos a través de Whatsapp) y otro leve de lesiones en el caso de uno de ellos.

Los acusados, que ya se encuentran en prisión por una violación grupal cometida (junto a un quinto individuo) en los Sanfermines del 2016, se han acogido a su derecho a no declarar después de que el juez titular del Penal número 1, Luis Javier Santos, haya rechazado la solicitud realizada por su defensa para alterar el orden de la prueba y que lo hagan al final de las testificales.

El juez también ha acordado que decidirá en la sentencia sobre la nulidad de los vídeos que recogen los hechos propuesta por su letrado, Agustín Martínez Becerra, que previamente había solicitado suspender el juicio hasta conocer la resolución y, una vez que se ha hecho pública, ha protestado al entender que se está vulnerando el derecho a la defensa de los encausados.

Entre otras ideas, Luis Javier Santos ha recordado que, una vez finalizada la práctica de la prueba, los acusados podrán ejercer su derecho a decir la última palabra. Además de esto, ha aludido a la posibilidad de que una posible suspensión del juicio hasta conocer su decisión pudiera tener un efecto de "revictimización".

Por otra parte, ha aceptado la ampliación de un informe sobre el estado de salud de la supuesta víctima, que recoge que la joven tuvo que ser atendida en el servicio de Urgencias el pasado mes de agosto por un acontecimiento relativo a su intimidad.

Además, ha acordado que se evite el contacto visual de la perjudicada con los presuntos agresores durante su declaración (que tendrá lugar mañana a puerta cerrada) empleando para ello una mampara.

"Mensajes de tipo bastante lamentable"

La primera sesión del juicio a La Manada de Pozoblanco se ha centrado, principalmente, en la solicitud realizada por la defensa de los cuatro procesados para que se anulen como prueba los vídeos que recogen los tocamientos realizados a la joven en mayo del 2016.

En este sentido, Agustín Martínez Becerra ha reivindicado la "ilegalidad" de la obtención de estas imágenes, que fueron descubiertas por la Policía Navarra al investigar la violación grupal de los Sanfermines, y ha destacado que la denuncia "parece que no se puso de manera voluntaria", sino que fue provocada por los propios agentes que buscaron a la víctima.

Entre otras ideas, la defensa ha aludido a la vulneración de derechos constitucionales de los procesados y ha asegurado que "no hay documento que autorice a conocer el contenido íntegro de los móviles".

Este letrado ha subrayado que la investigación de los hechos de Pozoblanco "es un ejemplo paradigmático de un exceso policial, una investigación prospectiva", que es rechazada por el Poder Judicial.

También ha relacionado el trabajo policial con "esa labor de sabueso, de algo nos vamos a encontrar porque estos tipos tienen la costumbre de enviar mensajes de tipo bastante lamentable. Encuentran, pero de manera ilícita". Cabe recordar que durante la instrucción de la causa, realizada en Pozoblanco, ya impugnó los vídeos como prueba.

Martínez Becerra ha planteado en sus argumentos para reclamar que se suspenda el juicio mientras que se decide sobre la nulidad de estas imágenes que "prorrogar un juicio sobre la base de una prueba que deviene ilícita por su propia naturaleza es absurdo", a lo que ha añadido que retrasar la decisión a la sentencia "sería tanto como hacer pasar a todas las personas que forman parte del procedimiento por un calvario absolutamente inútil".

Las acusaciones: No se han vulnerado derechos

El Ministerio Fiscal ha asegurado durante la vista oral que la obtención de los vídeos no solo está amparada por el consentimiento expreso de los acusados, sino por resoluciones judiciales dictadas por el juzgado instructor de Pamplona.

De este modo, indica que en la causa "consta el consentimiento expreso de los cuatro acusados a que se inspeccione el contenido de sus móviles", ya que estos lo dieron a la Policía en Navarra al entender que las imágenes relativas a su agresión sexual grupal contribuirían a respaldar su inocencia.

Junto al citado consentimiento expreso se produjo uno "presunto", según ha mantenido el Ministerio Público, dado que los encausados facilitaron las claves de acceso a sus terminales. Además de todo esto, "la doctrina dice que la presencia del letrado es fundamental en el momento de prestar consentimiento y así consta", ha subrayado el Fiscal.

Al igual que la acusación particular, ejercida por Blas Arévalo, y la popular, realizada por la asociación Clara Campoamor, ha defendido que "en la investigación que culmina con este plenario no se ha vulnerado derecho fundamental alguno".

Entre otros planteamientos, Arévalo ha sostenido que "entendemos que es lícita la actuación" realizada para obtener la prueba de los vídeos. Por otro lado, la acusación popular ha intervenido en último lugar, apuntando que los policías "no están buscando una denuncia, son darle las armas procesales para que pudiera denunciar", ya que la presunta víctima, que en el momento de los supuestos delitos tenía 21 años de edad, "no sabía quiénes eran, por esto no denuncia", y también "tenía mucho miedo".

Esta ha sido una de las respuestas planteadas por Patricia Catalina, letrada delegada en Andalucía del citado colectivo, al argumento esgrimido por el abogado de los procesados, que ha criticado que la denuncia fuese motivada por la propia Policía.

Tanto esta letrada como Blas Arévalo se han opuesto a que se altere el orden de la declaración de los cuatros acusados, mientras que el Ministerio Público ha aceptado esta medida sugerida por la defensa que, finalmente, ha rechazado el juez.

Las penas

Cabe recordar que el Fiscal solicita, entre otras penas, tres años de cárcel para cada uno de los encausados por un presunto delito de abusos sexuales y otros cuatro años de cárcel por otro contra la intimidad de la víctima, así como una multa a uno de ellos por un delito leve de lesiones.

De otro lado, las acusaciones particular y popular coinciden en reclamar que, entre otras sanciones, se le imponga dos años y medio de cárcel por un delito continuado de abusos sexuales y otros cuatro años y tres meses de prisión por la difusión de las imágenes. Asimismo, acusan a uno de los procesados de un delito de maltrato leve de obra por el que reclaman una multa.