La delegada territorial de Fomento y Vivienda en Córdoba, Josefina Vioque, ha subrayado hoy la apuesta del Gobierno andaluz por la rehabilitación edificatoria “como vía para mejorar la calidad de las familias que los habitan y, por otro lado, como motor económico por la generación de empleo y riqueza”, un objetivo que este año cuenta con el respaldo de 1,66 millones de euros en ayudas para las 762 familias que residen en 50 comunidades de vecinos de cuatro municipios de la provincia.

Precisamente a esta líneas de ayudas se ha acogido la comunidad de propietarios de la Avenida Virgen de Dolores, número 21 de la capital, que gracias a una subvención de 43.800 euros han podido afrontar una inversión de 87.700 euros para la instalación de un ascensor en su edificio de cinco plantas. “Estos 42 vecinos podrán desde hoy disfrutar de mayor calidad de vida y mejorar la accesibilidad a sus propias viviendas, unas ventajas de especial relevancia para las personas mayores”, ha destacado Vioque, que ha subrayado el “gran valor social” de esta línea de ayudas.

Las ayudas correspondientes a 2016 que se inician este año en Córdoba suponen la ejecución de obras por importe de 3,54 millones de euros y permiten a las familias perceptoras acometer la mejora y rehabilitación de sus edificios y hacer más dignas sus condiciones de vida. Los municipios que se benefician de estos incentivos son la capital, con 724 familias y 1,54 millones de subvención; Cabra, con 18 unidades familiares y 65.355 euros; Montilla, con once y 24.732 euros; y Lucena, con nueve y 31.578 euros. De las 50 subvenciones resueltas, 49 corresponden a actuaciones de accesibilidad, concretamente a la instalación de ascensores.

Esta línea de ayudas establece como beneficiarias las comunidades de propietarios de viviendas en las que, al menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM. La cuantía máxima de la subvención por edificio es del 35% del coste subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que incluyen ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida correspondiente a la misma, se puede alcanzar el 50% del coste.

Como actuaciones subvencionables para la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios se recogen las obras para la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración y ventilación, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes; la instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables (energía solar, biomasa o geotermia), la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación, la instalación de reductores de agua, así como el acondicionamiento de instalaciones para la separación de los residuos domésticos en el interior de los domicilios y en los espacios comunes de las edificaciones.

En cuanto a las actuaciones subvencionables en materia de accesibilidad, se incluyen la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares, la colocación de avisos mediante señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.

Los edificios objeto de las actuaciones, que deben contar con el Informe de Evaluación del Edificio cumplimentado y suscrito por técnico competente, con fecha anterior a la solicitud de la ayuda, no pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilación a la fuera de ordenación, su construcción tiene que haberse finalizado antes de 1981 y han de presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de las actuaciones. Además, al menos un 70 % de sus viviendas han de estar ocupadas y constituir el domicilio habitual de sus residentes.

Una vez obtenida la subvención, la comunidad de propietarios cuenta con un mes de plazo para solicitar la licencia de obras. El abono de la ayudas se realizará en dos pagos del 50%, uno al inicio tras la presentación de la licencia de las obras y otra al final, una vez entreguen el certificado final de obra.