El Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal que pretendía que el empresario Rafael Gómez, conocido como Sandokán, volviese a la cárcel en régimen de segundo grado. El juez comparte así los argumentos esgrimidos en el auto dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 8, órgano que ya dijo que Gómez cumplía los requisitos necesarios para estar en régimen de semilibertad. De este modo, el ex concejal del Ayuntamiento de Córdoba no tendrá que volver a ingresar en prisión.

En el presente caso, el juez razona la concesión del tercer grado por ser el penado “una persona septuagenaria y atendiendo especialmente a su escasa peligrosidad”. Según el Reglamento Penitenciario, el tercer grado se aplicará a los internos que, por sus circunstancias personales y penitenciarias, estén en condiciones de llevar a cabo un régimen de vida en semilibertad, considerando el Magistrado Juez de Vigilancia Penitenciaria que Rafael Gómez “está capacitado” para llevar a cabo un régimen de vida en estas circunstancias.

Además, el magistrado habla de que la coyuntura de Rafael Gómez en cuanto a su capacidad para satisfacer la responsabilidad civil, “ha cambiado sustancialmente, pues se trata de una persona que hasta el dictado de la resolución recurrida no ha podido desarrollar actividad empresarial alguna al encontrarse interno en el Centro en segundo grado de tratamiento, jubilado, con 75 años de edad, retirado de su actividad profesional, con su patrimonio embargado y con serias dificultades seguramente para el acceso al crédito bancario”. Por ello, como señala el Magistrado Juez de Vigilancia Penitenciaria, la disponibilidad para hacer el pago en efectivo de los algo mas de los 28 millones de euros “hay que ponerla seriamente en entredicho”, según se recoge en el auto del Penal 3.

El tercer grado le obliga a acudir al Centro de Inserción Social de las Quemadas para dormir, mientras que el resto del día puede hacer su vida normal. El empresario se encontraba en prisión para cumplir una condena de cinco años y tres meses por un delito contra la Hacienda Pública, por impago de 28 millones de euros, cuando salió a principios de marzo de este año. El fiscal consideró desde el principio que existía riesgo de reincidencia, haciendo alusión a su implicación en el caso Malaya, por lo que se opuso a su salida en tercer grado. El juez de vigilancia penitenciaria consideraba, por su parte, bastante improbable que reincidiera porque, al jubilarse, el encartado había abandonado toda actividad profesional y empresarial.