La Audiencia Provincial de Barcelona ha dado la razón a la Asociación de Joyeros, Plateros y Relojeros de Córdoba San Eloy en el pleito interpuesto contra Tous por el registro de un diseño industrial, en este caso una figura con forma de corazón. La sentencia, remitida ayer, considera nulo dicho registro e insta a la Oficina Española de Patentes y Marcas a que proceda a la cancelación de dicha inscripción.

Este pronunciamiento se produce después de que la conocida firma de joyería presentara un recurso contra la sentencia del juzgado Mercantil 2 de la ciudad catalana de abril del 2017, un recurso que ahora desestima la Audiencia al entender que «una figura con forma de corazón se encuentra reproducida de forma habitual en el mercado, y en particular en el ámbito de la joyería y bisutería, de forma que adolece de falta de novedad, y así lo acredita la actora mediante la aportación de diferentes catálogos y revistas del sector», según consta en la sentencia. El escrito continúa que «igualmente puede decirse que adolece de falta de singularidad». La Audiencia, que entiende que «el recurso interpuesto carecía totalmente de fundamento», condena a Tous al pago de las costas del proceso.

Desde la asociación han resaltado que «el éxito logrado, de la mano del despacho Sanivo Abogados y la letrada titular del despacho, Magdalena Entrenas, no tiene precedentes y supone un gran logro para todo el sector de la joyería española y no solo para la cordobesa, después de muchos años en que la firma catalana ha imputado y perseguido a muchos joyeros por la reproducción de estos diseños que indebidamente reivindicaba como propios y exclusivos».

Milagrosa Gómez y Magdalena Entrenas, en la Asociación de Joyeros. SÁNCHEZ MORENO

La Asociación San Eloy también pidió la nulidad del registro del diseño de una flor, concretamente la figura de una margarita, pero la sentencia de abril del 2017 desestimaba dicha medida al entender que en este caso sí concurrían los requisitos de novedad y singularidad, exigibles para registrar una patente. No obstante, la letrada indicó ayer que «el diseño que realizan no tiene nada que ver con el registrado», motivo por el que la sentencia describe la figura y apunta que dicho diseño es «el que se tiene que realizar y no hacer otro y pretender que se proteja». A juicio de Magdalena Entrenas, «tener registrado un corazón y una margarita debería ser patrimonio de todo el mundo, no solo de la joyería cordobesa, ni tampoco de Tous», al tiempo que destacó que dichos diseños se realizan en Córdoba desde hace décadas, aunque sin estar registrados.

La presidenta de la Asociación Provincial, Milagrosa Gómez, destacó que el juez determinó que «quien obraba indebidamente era Tous» y consideró que dicha sentencia es «una herramienta» para «defender los intereses de los joyeros de Córdoba».