Izquierda Unida ha denunciado que la concejala de Ciudadanos Eva Timoteo ha seguido desarrollando su actividad profesional como procuradora y que mantiene un despacho abierto en la capital cordobesa desde que se inició el mandato a pesar de no contar con el visto bueno del Pleno para alternar su profesión y de no haberlo declarado. Los concejales de IU Pedro García y Amparo Pernichi han dado a conocer esta información antes de la celebración del pleno de febrero y han exigido el cese de la concejala de Servicios Sociales al entender que "no es compatible, ni moral, ni ético" ya que no se dio cuenta al Pleno de este asunto. Desde Ciudadanos y la propia delegada han reconocido los hechos denunciados, pero se ha insistido en que la concejala contaba con el visto bueno del secretario del Pleno. El PP, por su parte, ha explicado que desconocían estas circunstancias pero que esperarán a valorarlas cuando el secretario del Pleno vuelva a manifestar su opinión esta vez por escrito. El alcalde, José María Bellido, ha dicho que pedirá los informes técnicos correspondientes, y que va a escuchar a los profesionales del Ayuntamiento respecto a la compatibilidad antes de tomar una decisión.

Cabe recordar que el Pleno es soberano para decidir la compatibilidad de los cargos electos con sus actividades profesionales anteriores. En este sentido, los concejales deben hacer, antes de recoger su acta, una declaración de bienes y actividades declaración de bienes y actividadesen la que deben incluir toda la información relativa al patrimonio inmobiliario, el saldo de sus cuentas, vehículos, las hipotecas, seguros de vida, acciones o planes de pensiones, así como actividades profesionales que pudieran ser incompatibles con su labor en el Pleno. Después es el secretario del Pleno el que emite un informe para determinar si necesita o no que se le conceda la compatibilidad de esas actividades y por último es el Pleno el que de manera soberana debe concederla definitivamente o no.

IU ha denunciado, además, que el despacho de Timoteo lleva temas relacionados con la defensa de empresas financieras "que desahucian y hacen cortes de luz". Por este motivo, para este grupo municipal la concejala debe elegir entre "seguir dedicándose a desahuciar a gente y a cortarles la luz, o dedicarse a ser delegada de Servicios Sociales".

Explicaciones de Cs

Por su parte, la portavoz de Cs, Isabel Albás, ha explicado que la concejala sí informó al secretario del Pleno, Valeriano Lavela, de sus intenciones al inicio del mandato , que pasaban por mantener abierto su despacho de procuradora para volver, acabado su ciclo político, a su actividad profesional. Según la primera teniente de alcalde, el secretario habría considerado que no era necesario llevar a pleno esta circunstancia. Asimismo ha explicado Albás que su compañera contrató a un oficial en jornada completa para seguir llevando los asuntos de su despacho. La portavoz de Cs no ha sabido precisar si Eva Timoteo seguía firmando o no los procedimientos que se llevan desde su despacho. En todo caso, se ha pedido un informe al secretario del Pleno sobre la compatibilidad o no de la actividad.

El portavoz del Partido Popular, Miguel Ángel Torrico, ha reconocido que su grupo municipal no conocía estas circunstancias pero ha indicado que esperará al informe del secretario para hacer una valoración de las mismas.

Qué dice la ley de incompatibilidades

El artículo 14 de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas determina que "el ejercicio de actividades profesionales, laborales, mercantiles o industriales fuera de las Administraciones Públicas requerirá el previo reconocimiento de compatibilidad. La resolución motivada reconociendo la compatibilidad o declarando la incompatibilidad, que se dictará en el plazo de dos meses, corresponde al Ministerio de la Presidencia, a propuesta del Subsecretario del Departamento correspondiente; al órgano competente de la Comunidad Autónoma o al Pleno de la Corporación Local, previo informe, en su caso, de los Directores de los Organismos, Entes y Empresas públicas".

Asimismo, la ley dice que "los reconocimientos de compatibilidad no podrán modificar la jornada de trabajo y horario del interesado y quedarán automáticamente sin efecto en caso de cambio de puesto en el sector público". Y concluye el artíclo 14: "Quienes se hallen autorizados para el desempeño de un segundo puesto o actividad públicos deberán instar el reconocimiento de compatibilidad con ambos".