La Intervención General del Estado tendrá que estimar la cantidad a devolver por la concejala Eva Timoteo. El gobierno local tiene ya en sus manos un nuevo informe del secretario general del Pleno, Valeriano Lavela, a quien esta mañana le han requerido información sobre el trámite a seguir para regularizar la situación económica de la concejala Eva Timoteo después de que el alcalde decretase su suspensión de sueldo y le quitara las competencias de la Delegación de Servicios Sociales. Esta situación se produce después de que Izquierda Unida denunciase en el pleno ordinario de febrero, hace apenas dos semanas, la situación de la concejala de Ciudadanos Eva Timoteo, que habría estado simultaneando su actividad política en dedicación exclusiva con su despacho de procuradora, sin que el Pleno le hubiese dado permiso para ello. Cabe recordar que en la actualidad la concejala de Cs aspira a ser concejala en dedicación parcial de las delegaciones de Participación Ciudadana y seguir con su despacho abierto, para lo que el secretario afirma rotundo que deberá devolver lo cobrado de manera irregular en estos casi dos años de mandato.

En su informe, el secretario considera acreditado una vulneración e infracción de la normativa en materia de incompatibilidades al haber resultado probado que la capitular ha desempeñado y compaginado sin que conste acuerdo plenario favorable, los cargos y funciones públicas retribuidos en régimen de dedicación exclusiva de las delegaciones de Servicios Sociales e Igualdad con unas funciones y actividades privadas correspondientes al ejercicio de la profesión retribuida, mediante aranceles, de procuradora.

Así estima como requisito ineludible e indispensable para que el Pleno municipal pueda adoptar un futuro acuerdo de autorización de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas como procuradora, en régimen de dedicación parcial, que de manera previa dicha capitular acredite documental y fehaciéntemente que ha satisfecho íntegramente a las arcas municipales la cantidad que resulte de la liquidación que se haya previamente practicado por la Intervención General municipal. De este modo, el secretario considera que debe ser la interventora la que fije dicha cantidad en virtud de lo que resulte de la documentación e informes previos que se hayan incorporado al correspondiente expediente incoado. Asimismo, el secretario señala que es necesario dar trámite de audiencia a la concejala, para la determinación del montante ya que según él tendrá que hacer públicos sus beneficios en el despacho profesional.

Así la cantidad a devolver, dice Lavela, resultará de obtener y calcular la diferencia entre el total bruto percibido por Eva Timoteo del Ayuntamiento de Córdoba, en régimen de dedicación exclusiva, como contraprestación por los cargos y funciones públicas desempeñados correspondientes a las delegaciones municipales de Servicios Sociales e Igualdad, en el periodo comprendido entre los días 4 de julio de 2019, fecha en que el pleno municipal acordó aprobarle el régimen retributivo de la dedicación exclusiva y el 17 de febrero de 2021, fecha en que se dictó por la Alcaldía Presidencia el decreto en virtud del cual se resolvió dejar sin sueldo y sin delegaciones a Timoteo, y el total bruto percibido en concepto de aranceles como procuradora en el mismo periodo. Dicho de otro modo, la cantidad será la diferencia entre el salario público que ha ingresado estos meses y los aranceles cobrados en su despacho.

En su informe, respecto a la cantidad, el secretario indica que el montante que se acuerde no podrá ser ni más bajo ni más alto que el total percibido por la concejala en concepto de honorarios arancelarios. Para al abono de la cantidad será válido tanto el ingreso directo de la misma, a través de cualesquiera de las formas de pago previstas en el ordenamiento jurídico, como posibles fórmulas de compensación de deuda, deduciendo o descontando del importe total que se incluya en la propuesta que la Alcaldía Presidencia tenga previsto llevar a Pleno, en su día, para aprobar su nuevo sueldo.

Lavela también advierte de lo que puede ocurrir si Timoteo no paga, ya que podría hacer incurrir, de forma principal y directa a la propia capitular y de forma indirecta y/o subsidiaria a determinadas autoridades y cargos públicos y a la propia Intervención General municipal como máximo órgano fiscalizador en una hipotética y posible responsabilidad contable por alcance como consecuencia de los daños y perjuicios causados a la hacienda pública y que podría exigir, en cualquier momento, el Tribunal de Cuentas del Reino así como la Cámara de Cuentas de Andalucía.

En última instancia, el informe establece el proceso para que la concejala reclame su sueldo en dedicación parcial con los siguientes porcentajes del 2/3 %, 1/2 % o el 1/3 % en función de las horas que vaya a dedicarle a sus nuevas delegaciones, teniendo en cuenta que la jornada semanal de trabajo en el ámbito de las Administraciones públicas es de 37 horas y media semanales, equivalente a 1.642 horas anuales.

Asimismo, el secretaria estima que deberá tener carácter marginal la actividad profesional privada de procuradora que fuese objeto de autorización de compatibilidad por el Pleno corporativo, en régimen de dedicación parcial a Timoteo, y recuerda la prohibición expresa de no poder aceptar ni desempeñar, en representación de terceras personas físicas o jurídicas, encargos profesionales propios de la actividad de procurador de los Tribunales en procedimientos judiciales o administrativos contra la Corporación.