La cordobesa Eva María Romero Torres, graduada en Derecho y Ciencias Políticas por la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), recibió el pasado martes en Barcelona el primer premio al mejor trabajo fin de grado de los estudios de Derecho y Ciencias Políticas del curso 2018/19, por el estudio El bullying entre adolescentes, tratamiento jurídico penal, diferentes modalidades del ilícito y problemas de aplicación. Madre de tres hijas, Romero decidió ahondar en este fenómeno social, que puede afectar en la actualidad a cualquier menor. El trabajo galardonado fue dirigido por la profesora de la UOC Anna María Ruiz Martin.

-¿Qué importancia tiene el galardón? ¿Cómo lo valora?

-Para mí ha sido un reconocimiento al esfuerzo dedicado, no solo a este trabajo en particular del que, con la dirección de Anna María Ruíz, logré este primer premio, sino que para mí es y será un reconocimiento a toda la trayectoria recorrida a lo largo de estos estudios de Derecho. Este primer premio, además de hacerme muchísima ilusión, me ha proporcionado aún más fuerza de la que ya contaba.

-¿Por qué decidió hacer el trabajo fin de grado sobre esta temática? ¿Ha tenido algún caso de ‘bullying’ cercano?

-No he tenido ningún caso cercano, pero esto no significa que este fenómeno social no pueda afectar a cualquier menor y en cualquier momento. En los últimos años me ha preocupado bastante este tipo de acoso. La frase «por favor no quiero ir al colegio» deberíamos empezar a tomarla en serio. El bullying es un fenómeno, que si bien es conocido por todos gracias a los medios de comunicación, no se ha tratado con la debida relevancia y envergadura para concienciar a los menores de las consecuencias que este tipo de conductas dolosas, tales como humillaciones, vejaciones y agresiones reiteradas en el tiempo. Conductas realizadas a la vez con un claro propósito de destruir a la víctima y que pueden acarrear, por ejemplo, la inducción al suicidio de la víctima.

-¿En qué aspectos se centra su trabajo?

-Mi estudio para el desarrollo del trabajo se centró en acercar cada clase de conducta relacionada con el bullying al tipo penal que puede tipificar la misma y sus consecuencias punitivas, pues no existe una respuesta jurídico penal unitaria para el ilícito y además dilucidar si podría ser necesaria una tipificación expresa para cada una de ellas.

-El Código Penal contempla una serie de delitos que pueden recoger situaciones que se están produciendo en la actualidad, pero que luego no terminan contemplándose en una sentencia, como es el delito de inducción al suicidio como ‘bullying’, que no cuenta con fallos condenatorios. ¿Esto retrae a las víctimas para denunciar y hace que los tribunales vean que no hay precedentes?

-Cada una de las conductas dolosas que se comenten con el bullying o acoso escolar y, tras el estudio realizado para mi trabajo, me hacen concluir que quedan perfectamente adaptadas al tipo penal de los preceptos que recoge el Código Penal, por lo que no sería necesaria una tipificación expresa para cada una de ellas. Jueces y magistrados realizan una labor minuciosa y plausible a la hora de adaptar este tipo de delitos a los preceptos que le son aplicados, por lo que la solución quedaría en manos del legislador. Debemos tener en cuenta aquí la edad del menor y la cautela con la que los tribunales tratan este tipo de conductas, pero esto no es motivo para que las víctimas no denuncien este tipo de acoso. De hecho, la cifra de denuncias es escandalosa. Opino que el hecho de que no exista una sentencia condenatoria en nuestro país sobre el delito de inducción al suicidio como bullying, no debe retraer a la víctima para acudir a los tribunales.

-¿Lo que demanda en su trabajo es que estos delitos que están tipificados y recogidos en el Código Penal cuenten con una particular regulación adaptada y adecuada a la Ley del Menor, con las consiguientes consecuencias punitivas correspondientes al ilícito penal, debido a la gravedad de este tipo de delitos?

-Una vez desarrollado este trabajo con una larga búsqueda y lectura jurisprudencial, para mí queda constatado, como he comentado antes, que cada uno de los delitos descritos se están adaptando a las exigencias del tipo de los preceptos que le son aplicados, cubiertos y penalizados para cada conducta llevada a cabo en estos casos, teniendo en cuenta que no existe una tipificación expresa para ello. No considero necesaria la misma, pues queda cubierta como he dicho, pero si opino que debe existir una especial regulación adaptada y adecuada a la Ley del Menor. Por lo que esta tarea quedaría en manos del legislador, ya que estamos ante conductas de tal envergadura y gravedad que puede llevar a la inducción al suicidio de víctimas menores de edad, hechos además que todos sabemos están presentes cada vez con más frecuencia hoy en día.

-Recogió el premio el martes, en plena ola de protestas en Barcelona tras conocerse la sentencia del ‘procés’. ¿Consiguió llegar a tiempo, pues viajó en avión?

-Pude llegar al final a recoger el premio, aunque lo hice tarde, porque tuve muchos problemas.

-Tras graduarse, ¿va a seguir estudiando?

-Estoy matriculada en el Máster de Acceso a la Abogacía, también de la UOC, para poder ejercer como abogada.