La veintena de trabajadores que pasaron del desaparecido Consorcio de Turismo al Instituto Municipal de Turismo (Imtur) como personal laboral han vuelto a recibir un importante varapalo, ya que el TSJA ha desestimado el recurso que interpusieron quince de ellos contra la sentencia del juzgado de lo Social número 1 de Córdoba que sugería someter de nuevo a pruebas de selección al personal para ser considerado fijo. Aquella sentencia del 2017, que confirma ahora el TSJA, rechazaba lo que la plantilla demandaba, que era mantener su condición de personal fijo.

El fallo, del que tomará conocimiento la junta de gobierno local y que no es firme, considera que «no existe una asunción tácita del personal del Consorcio de Turismo por el Ayuntamiento», ya que fue un proceso de «separación», y, por lo tanto, no se puede imponer el reconocimiento a los trabajadores de la condición de fijos «sin superar las pruebas selectivas». Añade que la asunción de los trabajadores al Imtur «no perjudicó» sus derechos y que «no es posible la subrogación del personal en los términos que plantean». Por ello, cree válido el acuerdo municipal impugnado.