La Audiencia Provincial ha declarado nula la cláusula sustitutiva de algunas entidades de los índices IRPH Cajas o IRPH Bancos, que tenían prevista este tipo de pago para el caso de que desaparecieran estos índices de cotización, por la que a partir de ese momento se le aplicaría «el último tipo de interés nominal anual que haya sido posible calcular», un tipo fijo para el resto del préstamo. Estos índices quedaron eliminados en noviembre de 2013. Con ello la hipoteca pasaba a ser fija y se les aplicó un elevado tipo fijo muy por encima de lo que se viene adjudicando para otros índices en vigor, La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial entiende en este caso concreto que causa un desequilibrio entre las partes, y por tanto debe declararse nula, devolviéndose a los prestatarios todas aquellas cantidades cobradas en virtud de la misma desde su aplicación. El caso lo ha llevado Hinojosa Abogados.