El delegado de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, Ángel Herrador, ha querido apelar en estos momentos a la responsabilidad de las empresas para evitar que no se comentan fraudes y puedan producirse situaciones ilícitas en la tramitación de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTEs). Herrador ha incidido en que “estamos en una situación excepcional -por el coronavirus- y por ello pedimos la máxima colaboración de colegiados y empresas y que presenten documentación acorde con esta situación porque se podría dar el caso de que alguna empresa pudiera aprovechar esta circunstancia de excepcionalidad para intentar presentar ERTE por fuerza mayor en supuestos donde no está contemplado”.

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En este sentido, el delegado de Empleo ha recordado al efecto “que la normativa establece la posibilidad de revisar de oficio, esto quiere decir, que una vez pasado esta situación, las administraciones competentes pueden pedir la devolución de la prestación por desempleo en el caso de los trabajadores y exigir las responsabilidades que se hubieran incumplido a las empresas y trabajadores.

Para agilizar este proceso y ayudar a las empresas y asegurar una pronta retribución de desempleo a los trabajadores inmersos en un ERTE, la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, puso en marcha el pasado 20 de marzo una plataforma simplificada, que incluye un formulario tipo que se puede presentar con o sin certificado digital. La documentación que es necesaria adjuntar queda recogida en una sencilla guía accesible desde la web, y consiste básicamente en documentación que acredite la actividad de la empresa.

Herrador ha querido poner en valor esta plataforma y ha querido mandar mensaje de tranquilidad a las empresas porque, desde las administraciones públicas, “estamos haciendo un gran esfuerzo para garantizar una renta de sustitución a empresas y trabajadores ante la falta de liquidez derivada de esta crisis provocada por el covid-19, facilitando estas gestiones a las empresas con sede en Andalucía, agilizando el proceso y contribuyendo a que esta situación coyuntural tenga el menor impacto posible sobre el mercado de trabajo”.

Los ERTEs no suponen despido

Hay que tener claro, ha insistido, que los ERTEs no suponen despido. Por lo tanto, tienen un menor coste para la empresa y para el trabajador en la situación excepcional actual. "Si las empresas optan por presentar un ERE, además de asumir mayores dificultades para recuperar la actividad, tendrán que afrontar los costes del despido que conlleva la indemnización”.

Así mismo, el responsable territorial ha querido insistir en que es importante que las empresas presenten de manera telemática y mediante este formulario sus solicitudes “porque esto agiliza mucho la resolución. Piensen que tenemos solo cinco días para dar respuesta y hay muchos expedientes. No obstante recordamos que cuando los ERTEs sean por fuerza mayor, como esta crisis del covid-19, si no existe respuesta expresa de la administración, es decir por parte de la autoridad laboral, se entiende que el silencio administrativo sería positivo y así lo recoge la legislación”.

Una vez admitida la solicitud que se presente por esta vía, la Autoridad Laboral podrá pedir informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que se emitirá en el plazo de 5 días. La resolución de la Autoridad Laboral se limitará a constatar la existencia, cuando proceda, de la fuerza mayor alegada por las empresas, pymes, micropyes y autónomos con asalariados a su cargo correspondiendo a ésta la decisión sobre la aplicación de medidas de suspensión de los contratos o reducción de jornada, que surtirán efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor. El silencio administrativo es positivo.