El titular del juzgado de Primera Instancia número 10 de Córdoba, Pedro Pablo Ruiz, ha condenado a una promotora a pagar a tres familias la cantidad de 73.579 euros más intereses y costas del proceso por el retraso en la entrega de tres pisos. La indemnización comprende las cantidades que los compradores pagaron por el alquiler de otra vivienda, desde la fecha máxima de entrega acordada en el contrato de compraventa (enero del 2002) hasta la efectiva entrega de la vivienda (junio del 2007), por lo que la promotora incurrió en mora, lo cual les ocasionó un evidente daño patrimonial. El abogado que ha llevado el asunto, Miguel Calabrús, puntualiza que la demora fue debida a que, "encontrándonos en pleno boom inmobiliario, mis clientes no aceptaron el aumento de precio requerido por la promotora, de manera que esta demoró injustificadamente su entrega".

Como consecuencia del retraso en la entrega de las viviendas, sus propietarios se vieron obligados a alquilar otros tantos pisos de forma temporal hasta tanto recibían los que habían adquirido en la urbanización Punta Poniente. En la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial, el juez señala que se ha producido un daño patrimonial a los demandantes consistente en las rentas satisfechas en concepto de alquiler de otras viviendas.