El juzgado de lo Penal 4 ha condenado a 6 de los encausados en el juicio por el presunto fraude y falsedad documental en los cursos de formación de Andalucía, anuncia juicio oral contra uno de los investigados que no han podido localizar y ha absuelto al octavo acusado. Cinco de los ahora condenados habían reconocido los hechos tras llegar a un acuerdo de conformidad. Todos son empresarios que gestionaron subvenciones de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía para los periodos 2010-2011.Fueron concesiones directas a nueve entidades provinciales que tenían que impartir cursos de formación dirigidos a personas desempleadas con compromiso de empleabilidad.

Este caso trascendió en 2014, en el marco de la conocida Operación Edu y empezó a juzgarse en 2020. El proceso judicial tenía previsto iniciarse en septiembre, pero no fue hasta febrero cuando dio comienzo y se vio aplazado desde mediados de marzo por el estado de alarma debido al coronavirus.

Este caso investigaba si se cometieron irregularidades en la gestión de las subvenciones que otorgó la Consejería de Empleo de la Junta en 2009, con cargo a partidas presupuestarias de las cuentas de la comunidad autónoma para los periodos 2010-2011. La Fiscalía aseguró que se habían inflado facturas, se habían producido gastos desproporcionados en material, se había simulado el ofrecimiento de contratos a quienes recibieron los cursos o se habían manipulado firmas de los alumnos y otros "perjuicios al erario público".

El delito más grave, de fraude de subvención solo ha sido probado en uno de los casos. Los demás condenados lo son por delitos de falsedad en documento público. En concreto, cuatro de los investigados que reconocieron los hechos se enfrentarán a penas de doce meses de prisión y multa de seis meses por falsear documentos públicos. Otro de los encausados ha sido condenado a un año y ocho meses de prisión y una multa de 300.000 euros por un delito de fraude de subvenciones y otro a veinticuatro meses de prisión por un delito continuado de falsedad en documento público u oficial. La jueza absuelve a otro de los investigados al descartar que cometiera delito continuado de falsedad en documento público u oficial.

Hay otra persona pendiente de juicio, ya que no compareció y se encuentra en situación de "rebeldía procesal". La sentencia es recurrible.